Una jueza cambia a una niña el nombre elegido por sus padres: por qué motivos se puede hacer

La magistrada del Registro Civil de Vitoria considera que el nombre significa semen aunque los padres defienden la acepción de semilla

Estos son los nombres preferidos de Cádiz por municipios

Imagen de archivo de un bebé.
Efe/ E.p.

03 de noviembre 2022 - 18:19

La magistrada encargada del Registro Civil de Vitoria ha rechazado la pretensión de unos padres de llamar a su hija Hazia al considerar que esta palabra significa en el euskera común "semen", aunque tiene también la acepción de "semilla", y le ha inscrito con el nombre latín Zia, que argumenta es fonéticamente similar pero "sin connotaciones negativas".

Así se recoge en el auto dictado este miércoles día 2 por la encargada del Registro Civil de Vitoria, cuya resolución puede ser recurrida por los padres, ya que ellos argumentan que el nombre fue elegido porque significa "semilla".

La resolución del Registro explica que el pasado 26 de octubre se advirtió a los padres mediante una providencia de que el nombre que habían elegido no se corresponde con ninguno de los que recoge la Academia de la Lengua Vasca, Euskaltzaindia, y se les requirió que diesen otro a la recién nacida.

Sin embargo, al día siguiente los padres se negaron a firmar y recoger dicha providencia y finalmente ha sido la jueza la que ha denegado inscribir a la menor con ese nombre.

Explica la magistrada que para adoptar esa decisión consultó con Euskaltzaindia, que señaló que "hazia es un derivado del verbo 'hazi', que significa criar, mantener, alimentar, nutrir".

La responsable del Registro concluye, en primer lugar, que la Academia de la Lengua Vasca no reconoce 'Hazia' como nombre propio y, en segundo, certifica que la palabra "es un derivado de un verbo" y que "ni siquiera se atreve a aventurar el significado de la palabra en sí".

Añade que esa palabra "significa en el euskera usual 'semen'" y que la connotación sexual "es la más habitual, ya que es un sustantivo "que acostumbra a ir unido al verbo 'bota', de forma que 'hazia bota' viene a significar 'eyacular'", señala el auto.

Recuerda además que el nombre tampoco aparece en ningún Registro Civil español y que la legislación dispone que "no podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona ni los que hagan confusa la identificación".

Por tanto, como la ley dice que el encargado del Registro tiene la obligación legal de imponer un nombre, opta por el de "Zia", que a su juicio "resulta fonética y semánticamente equivalente al inicialmente solicitado -es un nombre en latín con el significado también de 'semilla' o 'grano' entre otras acepciones-, sin connotaciones negativas y registrado en otras ocasiones como nombre propio".

El auto puede ser recurrido en el plazo de un mes ante el propio Registro Civil y será resuelto por Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, con sede en Madrid.

La familia

En declaraciones a Europa Press Televisión, la abuela paterna de la niña ha recordado que su nieta nació el 22 de octubre , tras lo cual sus progenitores intentaron inscribirla en el registro "como todos los niños". Los padres se vieron sorprendidos al ser informados que no podían admitir el nombre elegido por ellos, Hazia, porque como nombre propio no existía en ningún registro.

Es en esos momentos cuando la familia se pone en contacto con Euskaltzaindia, la Real Academia de la Lengua Vasca, que les comunica que, en principio, no existe ningún problema. "'Hazi' tiene muchas definiciones, criar, cuidar, crecer. Hazia en sí es semilla, por lo que no entendemos por qué la letrada no da el visto bueno (al nombre) cuando los padres han elegido este nombre para la niña con muchísimo cuidado, muchísimo amor", aseguran.

La abuela ha asegurado que como la niña tenía que estar registrada, se les advirtió de que si "en unas horas la niña no está inscrita, elegiría ella (la juez) el nombre". Según ha leído literalmente Manteiga, la comunicación recibida afirma que "siguiendo la previsión legal se pondrá a la niña el nombre de Zia, que resulta fonética y semánticamente equivalente al inicialmente solicitado, sin connotaciones negativas, y constando registrado en otras ocasiones como nombre propio".

La familia de la menor pretende acudir a instancias judiciales superiores para conseguir su objetivo, que no es otro que registrar a su "pequeña" como Hazia. "No debería de haber habido ningún problema, pero no entiendo. La niña para nosotros es Hazia, y vamos a tratar de que cuando aprenda a leer y a escribir sepa que su nombre es Hazia", ha concluido.

¿Se puede prohibir un nombre?

La ley da libre elección del nombre propio en España aunque "existen algunas prohibiciones" a la hora de elegir uno para los hijos, según la abogada de ARAG M.Carmen Mohedas, informa la compañía de defensa jurídica este jueves en un comunicado.

El artículo 51 de la Ley del Registro Civil y el 192 del Registro Civil prevén que no pueden imponerse más de dos nombres simples o de uno compuesto; el nombre no puede ser contrario a la dignidad de la persona; no puede hacer confusa la identificación ni inducir a error sobre el sexo, y no se puede atribuir a un hermano el nombre de otro hermano vivo que tenga los mismos apellidos.

Mohedas ha explicado que la solicitud del cambio de nombre se debe hacer en el Registro Civil, "probando que el nuevo se usa de forma habitual y se podrá solicitar por el propio interesado si es mayor de 16 años".

Respecto al caso de Vitoria, fuentes de Euskaltzaindia han señalado a Efe que esta resolución "no hay por dónde agarrarla" y han asegurado que si la familia de la recién nacida se lo solicita harán el informe preceptivo para explicar que "hazia" tiene diferentes acepciones, entre ellas "semilla" como defienden los progenitores.

"Esto es cuestión de ver desde qué perspectiva se acerca uno a una palabra", porque no es lo mismo hacerlo desde el euskera que desde el castellano, ha señalado un representante de la Academia de la Lengua Vasca, que ha recordado que hasta existe una Fundación llamada Hazi del Departamento vasco de Agricultura y Pesca que impulsa el desarrollo rural.

Los apellidos

En cuanto a los apellidos, se puede pedir cambiarlos para invertir su orden de manera que sea el apellido materno el primero y el apellido paterno el segundo o viceversa; para anteponer 'de', 'y' o 'i' entre los apellidos; para la regularización ortográfica de los apellidos con el fin de adecuarlos a la gramática y fonética españolas, o para acomodar los apellidos de los hijos mayores de edad o emancipados al cambio de apellidos de los padres.

Se puede hacer si el apellido que se pide cambiar se usa habitualmente, acreditando que pertenecen al solicitante (aportando testigos o prueba documental) y si los apellidos que resulten del cambio no provienen de la misma línea (tras el cambio, un apellido debe ser de la línea paterna y otro de la materna).

Según Mohedas, también se podría pedir modificar un apellido "contrario a la dignidad o que ocasione graves inconvenientes, aunque no se use habitualmente"

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