Los afectados por el incendio del Río San Pedro deben solicitar a las aseguradoras la indemnización por los daños ocasionados
FACUA Cádiz señala que, con independencia de en quién recaiga, finalmente, la responsabilidad del incendio, las aseguradoras deben cumplir con los compromisos adquiridos en el contrato
Desalojan de madrugada un edificio con más de cien viviendas en el Río San Pedro por un incendio en el garaje
FACUA Cádiz aconseja a los afectados por el incendio del Edificio Miramar en la Barriada del Río San Pedro de Puerto Real, que lo antes posible se lo comuniquen por escrito a las aseguradoras para que, atendiendo a las condiciones del contrato, les indemnicen.
La asociación recuerda que a Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en su artículo 16, señala que “el tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio “.
Las aseguradoras deben atender el siniestro, aunque la comunicación se realice superado el plazo de 7 días o el que se establezca en el contrato, pero, en este caso, tiene la posibilidad de reclamar los daños y perjuicios causados por el retraso en la notificación.
FACUA Cádiz recomienda que las comunicaciones a la aseguradora se realicen siempre por escrito, de forma que se disponga de algún documento que permita demostrar que se ha realizado en el plazo establecido. Si se realiza a través de correo electrónico o de las aplicaciones que algunas compañías tienen habilitadas para relacionarse con sus clientes, debemos disponer de algún tipo de acuse de recibo que nos remita la aseguradora. En caso contrario, lo más conveniente es que se realice la comunicación por correo postal certificado y con acuse de recibo remitido al domicilio social de la compañía. En la web de la Dirección General de Seguros podemos localizar los datos de contacto de las distintas aseguradoras.
La asociación señala que, con independencia de en quién recaiga, finalmente, la responsabilidad del incendio, las aseguradoras deben cumplir con los compromisos adquiridos en el contrato, siendo necesario estudiar el contenido de cada póliza para conocer qué daños debe reparar la compañía y la cuantía que debe asumir en cada caso.
Si, finalmente, se identifica algún tipo de responsabilidad sobre la causa del incendio, los afectados, directamente o través de sus aseguradoras si en la cobertura de su seguro se incluye la defensa jurídica, podrá reclamar a los responsables del incendio las indemnizaciones que correspondan. También podrán dirigirse contra los responsables del incendio aquellos afectados que no tengan contratado seguros para sus viviendas.
En relación con los daños ocasionados en los vehículos que en el momento del incendio se encontraban estacionados en el garaje comunitario del edificio, FACUA Cádiz señala que si la aseguradora declara el siniestro total abonará a sus propietarios una indemnización conforme al valor venal de cada uno de ellos. La cantidad resultante de este cálculo resulta muy inferior al precio de mercado del vehículo, por lo que, en estos casos, el perjuicio económico que padecen los propietarios es muy importante.
Las aseguradas tienen la obligación de atender los siniestros (llevando a cabo las reparaciones o abonado las indemnizaciones) en el plazo de 40 días o en un menor periodo de tiempo si así se establece en las condiciones del contrato de seguro. En caso de que la aseguradora no cumpla con esta obligación, FACUA Cádiz recomienda que se presente una reclamación contra la entidad.
Finalmente, FACUA Cádiz recuerda que en este caso concreto no se puede solicitar laintervención del Consorcio de Compensación de Seguros, dado que el incendio no ha sido causado por un acontecimiento de carácter extraordinario.
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