Provincia de Cádiz

El Tribunal Supremo rebaja 6 meses la pena de cárcel al ex alcalde de Puerto Serrano, de IU

  • La Audiencia condenó a Pedro Ruiz por contratar suministro de material con la floristería de su esposa

Pedro Ruiz.

Pedro Ruiz.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha estimado parcialmente el recurso de casación interpuesto por Pedro Ruiz Peralta, exalcalde de Puerto Serrano y perteneciente a IU, contra la sentencia que lo condenó por contratar durante cuatro años el suministro de material al Ayuntamiento con la floristería y papelería de su esposa.

La nueva sentencia ha rebajado de un año y nueve meses a un año y tres meses la pena de prisión que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito de gestión interesada.

La resolución del Supremo también reduce cinco a tres los años de inhabilitación impuestos por este mismo delito.

La sentencia del Tribunal Supremo mantiene intactos el resto de los pronunciamientos de la Audiencia Provincial de Cádiz, con lo que permanecen los nueve años de inhabilitación para cargo electivo en el ámbito local por un delito continuado de prevaricación.

La Sala de lo Penal concluye que, reconocido el concurso ideal de delitos, ello no supone que se le absuelva por un delito quedando absorbido por el otro sino que se entiende que ha cometido ambas infracciones -prevaricación y gestión interesada- aunque a efectos de pena se castiga una de ellas -la más grave- en su mitad superior, salvo que por separado la pena fuese más beneficiosa para el reo.

En este caso, prosigue la Sala, resulta más beneficioso penar por separado ambas infracciones.

Las conductas respectivas que actúan en concurso, según añade la sentencia, "en el fondo dibujan con nitidez el prevalimiento de la función de alcalde para contratar con su mujer participando privadamente, a través de ella, de los contratos que autoriza por razón de su cargo, con desprecio de la ley que prohíbe tal comportamiento".

En lo que se refiere al primer teniente de alcalde cuando ocurrieron los hechos -que posteriormente fue alcalde de Puerto Serrano y sucedió en el cargo a Pedro Ruiz- y a la esposa del exalcalde, que también fueron juzgados en este mismo procedimiento, no se modifican las penas fijadas por la Audiencia Provincial de Cádiz en la sentencia recurrida.

Según recogía la Audiencia Provincial de Cádiz en su sentencia, las adjudicaciones que fueron autorizadas por Pedro Ruiz alcanzaron, desde el año 2007 al año 2011, la cuantía de 25.169,84 euros.

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