El asesinato machista de Eva Aza en El Puerto: "Su pareja le disparó en la cabeza a bocajarro, como si de una ejecución se tratara"
El fiscal pide 25 años del cárcel para el acusado, que será juzgado por un jurado en la Audiencia Provincial de Cádiz
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El 8 de enero de 2023, aún con la resaca navideña, la urbanización de Valdelagrana, en El Puerto, amaneció con la peor de las noticias. El primer crimen machista de ese año en Andalucía acababa de suceder en la barriada portuense. Eva Aza Montes de Oca, de 46 años de edad entonces, fue asesinada por su pareja sentimental de un disparo en la cabeza a bocajarro. Él ingresó en prisión al día siguiente, donde aún permanece hoy. Será juzgado por un jurado próximamente en la Audiencia Provincial de Cádiz. La Fiscalía pide para él 25 años de cárcel.
El escrito de calificación fiscal detalla que el acusado tenía antecedentes penales por violencia de género, si bien no son computables a efectos de reincidencia en la presente causa.
A comienzos de 2023, Eva y él mantenían una relación de noviazgo que había empezado aproximadamente un año antes, aunque no convivían ni habían tenido hijos en común.
Sobre las 2:30 horas del día 8 de enero de 2023, prosiguen las conclusiones provisionales, el encausado se encontraba en su domicilio, sito en Valdelagrana, con Eva cuando tuvieron una discusión "en la que se reprochaban entre ellos la desaparición de alguna sustancia estupefaciente". "El acusado, movido por el ánimo de acabar con la vida de su compañera sentimental, utilizó un revólver que él mismo poseía, aunque carecía de licencia para ello, y disparó en la cabeza a Eva, lo que le provocó un traumatismo craneoencefálico abierto que determinó la destrucción de centros vitales nerviosos". Eva murió en el acto.
Según el fiscal, el procesado perpetró el ataque letal descrito "de forma sorpresiva y repentina", de manera que la víctima no tuvo ninguna posibilidad de respuesta o defensa "al haber realizado el disparo a bocajarro, en contacto directo con la región frontal del cráneo de ella y en dirección descendente". Se aseguró así el resultado de la muerte al apuntar "en una zona completamente vital, como si de una ejecución se tratara". La víctima, precisa la acusación pública, no contaba con ningún arma para repeler el ataque. Estaba pues "en una clara situación de inferioridad de medios".
Con posterioridad a estos hechos, el acusado se dirigió hacia un edificio situado en la Avenida Río San Pedro con el arma, donde comenzó a realizar disparos contra una de las viviendas, por lo que fue necesario solicitar la intervención de la Policía Nacional. Al tiempo de llegar los agentes, el encausado fue detenido "tras acometerlos y ofrecer una gran resistencia a ellos". El arma fue incautada en ese momento.
Cuando Eva fue asesinada, tenía como familiares más allegados a su padre, que se ha personado en las actuaciones como acusación particular, así como a su madre, sus dos hijos menores y un hermano.
El acusado permanece en prisión provisional desde el 9 de enero de 2023, acordada mediante un auto dictado por el Juzgado de Instrucción 4 de El Puerto de Santa María y posteriormente ratificada mediante auto de fecha de 20 de enero de 2023 dictado por el Juzgado de Instrucción 4 de Chiclana de la Frontera.
Además de los 25 años de prisión por el delito de asesinato, la Fiscalía plantea la pena de prohibición de acercamiento a una distancia no inferior a 1.000 metros a sus personas, domicilios, centros de trabajo y estudios, lugares frecuentados por ellos y de comunicación verbal, escrita, telefónica y telemática, por un plazo de diez años, en relación a los padres, hermano e hijos de la víctima.
Asimismo, solicita la medida de libertad vigilada por cinco años, la cual se concretará -en caso de condena- cuando falten dos meses para el término de cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas, según el grado de peligrosidad que presente el procesado en tal fecha.
En concepto de responsabilidad civil, el fiscal demanda que el encausado pague a cada uno de los progenitores de la fallecida la cantidad de 49.419,44 euros; a cada uno de los hijos menores la suma de 166.790,595 euros; y a su hermano, 22.238,748 euros por los daños morales ocasionados.
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