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Tribunales Cádiz

El arreglo de un traje de comunión acaba en un juicio con jurado en Cádiz

Una modista cose un botón en la manga de un traje de comunión.

Una modista cose un botón en la manga de un traje de comunión. / Carlos Luján (Europa Press)

Tres mujeres buscan a toda costa recuperar un traje de comunión. La escena parece irreal y está muy cerca del surrealismo cinematográfico. En esta ocasión, la realidad supera a la ficción. No están tratando de recobrar un maletín con dinero ni una valiosa colección de joyas. En este caso, el objeto más preciado, el quid de la disputa, es un traje de comunión.

Así lo plantea la Fiscalía de Cádiz en su escrito de acusación para sentar en el banquillo a tres mujeres acusadas de colarse en la casa de una costurera, en El Puerto, para llevarse por la fuerza el traje de comunión propiedad de una de ellas. Para conseguir su propósito, según el fiscal, una de las procesadas agarró por el cuello al hombre que les abrió la puerta.

Los hechos que han dado lugar a este procedimiento judicial ocurrieron el 27 de abril de 2017. Tal y como recogen las conclusiones provisionales de la acusación pública, tres mujeres se pusieron de acuerdo para recuperar un traje de comunión que estaba en el domicilio de una mujer que realizaba arreglos de costura en la localidad de El Puerto de Santa María.

Así, “con la intención de acceder sin consentimiento a dicha vivienda”, las tres acusadas acudieron al inmueble, llamaron a la puerta y cuando un hombre les abrió la puerta, una “lo agarró por el cuello” para que no impidiese que la dueña del vestido se colase en la casa para hacerse con él.

Una vez recuperada la prenda, prosigue la Fiscalía, las tres encausadas se marcharon. El hombre, por su parte, sufrió erosiones lineales en la base del cuello que curaron en cinco días.

El Ministerio Fiscal considera que las tres acusadas son responsables de un delito de allanamiento de morada y de un delito de realización arbitraria del propio derecho. Pide para cada una de ellas dos años de prisión y multa de 4.800 euros. Para la mujer procesada por agarrar del cuello al morador de la vivienda solicita además 600 euros de multa más 200 euros de indemnización como autora de un delito leve de lesiones.

En principio, será un jurado el que se encargue de juzgar este asunto en la Audiencia Provincial de Cádiz, ya que el allanamiento del morada es uno de los delitos contemplados en la ley del jurado (al igual que el homicidio o la malversación de caudales públicos, entre otros). Y aunque en esta causa concurren otros delitos, el allanamiento ‘absorbe’ a los demás, de ahí que sea necesario constituir un tribunal popular para enjuiciar este asunto, lo que, según fuentes judiciales consultadas, es un “despropósito”, habida cuenta los recursos personales y económicos que supone constituir un jurado.

El jurado, nunca exento de polémica

La polémica surge desde que el Tribunal Supremo cambia de criterio en el acuerdo de pleno de 9 de marzo de 2017 y establece que cuando una causa se sigue por delitos competencia del jurado y por delitos que no lo son, el jurado ‘absorbe’ a los demás y la vista debe celebrarse con un tribunal popular. 

“Eso nos lleva a disfunciones”, aseguran personas del ámbito jurídico a este medio. “Por ejemplo, se siguen por jurado delitos que el jurado no debe juzgar, como los delitos contra la libertad sexual, en los que la víctima se ve revictimizada doblemente por tener que declarar ante un jurado compuesto por muchas personas y porque acusaciones y defensas hacen interrogatorios más exhaustivos para que el jurado, que no está habituado a tratar estas cuestiones, comprenda el planteamiento de las partes”.

Por otro lado, las mismas fuentes apuntan que se están juzgando por jurado delitos “de escasa gravedad”, como el caso anteriormente descrito, “con el consiguiente derroche de medios materiales y de tiempo que un tribunal popular exige”.

“La solución sería una reforma de la ley del jurado que saque determinados delitos de su competencia, como el allanamiento de morada, que siempre suele ser un delito medial que concurre con otros, pues el que entra a la casa de una persona sin su consentimiento suele ser para hacer algo”, proponen las fuentes jurídicas consultadas, que plantean también otras alternativas, como que “se restablezca, al menos, lo que decía la jurisprudencia anterior al pleno de 2017, esto es, que en caso de concurrir varios delitos, sólo se celebre el jurado si el delito principal es de su competencia”.

Otra propuesta es que “si se dan varios delitos en una sola causa, sea directamente competencia de los tribunales profesionales”.

Según las citadas fuentes, “una solución mucho menos técnica pero que se lleva a cabo en otras Fiscalías consiste en dividir la causa: una pieza para el delito del jurado y otra para el resto. O incluso buscar una figura delictiva homogénea para no acusar por delitos competencia del jurado, por ejemplo, coacciones en lugar de allanamiento”.

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