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Tribunales Cádiz

El alcalde de San José del Valle, absuelto de injurias a la Policía Local

El alcalde de San José del Valle, Antonio González Carretero.

El alcalde de San José del Valle, Antonio González Carretero. / Fito Carreto

El alcalde de San José del Valle, Antonio González Carretero (PSOE), ha sido absuelto del delito de injurias graves a tres policías locales de este municipio jandeño. El regidor vallense, que fue condenado en primera instancia pagar 3.000 euros a cada uno de estos agentes por asegurar en una emisora de radio que actuaban como una "policía política", ha quedado exculpado ahora, toda vez que la Audiencia Provincial de Cádiz ha estimado íntegramente el recurso que presentó contra el fallo condenatorio. La Sección Octava, con sede en Jerez, considera que Carretero realizó unas manifestaciones "desafortunadas" pero "no graves" en el "legítimo ejercicio de su derecho a la crítica". 

La resolución judicial de la Audiencia de Cádiz acepta la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida, que literalmente establece lo siguiente: “El día 4 de enero de 2019, en una entrevista concedida y emitida en la emisora de radio Ser La Janda, el acusado Antonio González Carretero, a la sazón alcalde de la localidad de San José del Valle, al ser preguntado por la situación de seguridad ciudadana en dicho municipio, dio la siguiente respuesta: San José del Valle no tenía Policía Local, tenía policía política que disimulaba muy mal sus ideas y disimulaba muy mal a quién perseguía, por qué motivos los perseguía. Esa corrupción se ha despejado, y al menos hemos conseguido algo y es que la corrupción salga de San José del Valle".

Para exculpar a Carretero, la Sección Octava de la Audiencia de Cádiz argumenta que las expresiones proferidas por el alcalde fueron “muy desafortunadas” pero “no graves”. “Asimilar a la Policía Local de San José del Valle a un cuerpo corrupto y partidista, por muy injusto que nos parezca, no constituye en sí una injuria grave”, explica el tribunal.

Asimismo, razona que la Policía Local de San José del Valle es “un cuerpo de servicio público y sometido, por tanto, a la crítica ciudadana”. En cuanto a las expresiones empleadas por el regidor vallense, insiste en que son “irrespetuosas y poco afortunadas, pero no son insultos a efectos penales”.

Por último, la Audiencia Provincial considera que las palabras del primer edil están justificadas “por el legítimo ejercicio del derecho a la libertad de expresión”. En este punto, la sentencia absolutoria subraya que quien realiza las manifestaciones es “el entonces reciente alcalde en una entrevista en la que se le preguntó, en virtud de tal cargo, sobre la seguridad ciudadana de San José del Valle. Por tanto, es evidente que estaba haciendo uso de su derecho a la libertad de expresión y, aunque podamos decir hasta la saciedad que sus manifestaciones fueron desafortunadas, no son constitutivas de infracción penal”, concluye. 

Otras causas

En octubre de 2022, el Tribunal Supremo absolvió al alcalde de San José del Valle al revocar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que lo condenó a nueve años de inhabilitación por no derribar ni sancionar una infracción urbanística grave de un vecino del pueblo.

El Alto Tribunal estimó el recurso de casación del regidor vallense contra la sentencia de mayo de 2020 del TSJA que lo condenó por un delito de prevaricación continuada y que, a su vez, enmendaba una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Cádiz que había absuelto al primer edil por los mismos hechos.

La resolución del TS dio por buena la absolución que dictó en primera instancia la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, un fallo exculpatorio que fue recurrido por la Fiscalía Anticorrupción ante el TSJA.

Además, el alcalde de San José del Valle tiene otra causa pendiente con la Justicia. Se sentará de nuevo en el banquillo acusado del cobro irregular de tasas municipales. De una parte, la Fiscalía Anticorrupción procesa al regidor vallense por favorecer a algunos feriantes del pueblo al eximirles del pago de determinados impuestos para instalarse en el recinto ferial en 2016. Asimismo, el fiscal sostiene que Carretero cobró a otros feriantes ese mismo canon de ocupación de manera ilegal, puesto que sus casetas se ubicaban en suelos privados, no públicos. El Ministerio Fiscal considera que el primer edil es responsable de los delitos de prevaricación y exacciones ilegales y pide para él la pena total de 11 años de inhabilitación para cargo electo.

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