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Provincia de Cádiz

Traficantes con 3 kilos de cocaína: antes, 11 años de cárcel; ahora, 7 años

  • La reforma del Código Penal no sólo beneficia a los camellos · El TS rebaja la pena a tres vecinos de La Janda que surtían a vendedores de coca de la comarca

La Audiencia Provincial de Cádiz condenó el pasado junio a 11 años de prisión a tres de los procesados en un caso de tráfico de drogas en el que la Guardia Civil capturó más de tres kilos de cocaína. La sentencia explicaba que esos tres acusados eran los supervisores de un grupo que distribuía cocaína en La Janda. El Tribunal Supremo mantiene ahora esa tesis pero aplica la reciente reforma del Código Penal y en lugar de 11 años de prisión deja las penas en 7 años. La rebaja alcanza también a un cuarto procesado que fue condenado a 8 años de cárcel y que estaba en la pirámide el grupo de traficantes por debajo de los otros tres. Su pena queda ahora en 4 años.

Los tres beneficiados por el nuevo Código Penal son R.R.R., J.M.B.C. y E.C.C.; fueron detenidos en 2006. La sentencia explica que se dedicaban a la venta de cocaína y que controlaban los medios necesarios para llevar a cabo el transporte, el almacenamiento y la distribución a terceros.

El Gobierno sostuvo el año pasado que la reforma del Código Penal en cuanto a los delitos de tráfico de drogas buscaba equilibrar las penas y rebajárselas a los pequeños traficantes, que eran castigados de manera muy severa en comparación con los grandes traficantes. La sentencia del Tribunal Supremo que reduce las condenas de los tres vecinos de La Janda detenidos en una operación policial que capturó tres kilos de cocaína pone en duda esa interpretación.

En el mismo caso estaban procesadas otras siete personas que sí eran pequeños traficantes: los que les compraban la cocaína a los tres supervisores y la revendían después en Vejer y en Paterna.

Esos siete acusados pactaron su condena y aceptaron en la Audiencia penas que van de 3 años y 9 meses a 5 años de prisión, salvo uno que se quedó con 1 año y 6 meses.

La sentencia afirma que en el juicio quedó constancia inequívoca de la posesión por parte de los supervisores del grupo, a nombre de terceros, de varios inmuebles, de su alto nivel de vida y de un modus vivendi que era ajeno a sus exiguas o nulas actividades económicas.

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