La licencia de los mercados ambulantes se amplía hasta los 15 años de vigencia

La entrada en vigor del Decreto-Ley 1/2013 modifica los cuatro años de autorización de la Ordenanza Municipal El Ayuntamiento recauda en tasas de 'Los Gitanos' casi 14.000 euros

Un policía local revisa uno de los múltiples puestos instalados en el mercadillo de los martes.
Un policía local revisa uno de los múltiples puestos instalados en el mercadillo de los martes.
Adrián V. B. El Puerto

20 de febrero 2013 - 01:00

El pasado 6 de febrero entró en vigor el Decreto-Ley 1/2013, el cual era aprobado el 29 de enero en Consejo de Gobierno a instancia del Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, por el que se modifica el Decreto Legislativo 1/2012, aprobado el 20 de marzo, y por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía y se establecen otras medidas urgentes en el ámbito comercial, turístico y urbanístico. Una de las novedades que presenta este nuevo Decreto-Ley viene recogida en la disposición transitoria segunda de la página 20 del número 25 del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la cual aumenta a 15 años la autorización municipal para ejercer el comercio ambulante en la ciudad. El que está previsto en el artículo 3.1 del Texto Refundido de la Ley del Comercio Ambulante, aprobado por Decreto Legislativo 2/2012 del 20 de marzo.

De esta manera los cuatro años que venían recogidos en la Ordenanza Municipal Reguladora del Comercio Ambulante en El Puerto de Santa María, aprobada el 11 de marzo del año 2011 y que entró en vigor el 26 de abril del mismo año, se verán ampliados hasta los quince años. Así los dueños de los diferentes puestos de venta ambulante que están vigentes en la ciudad podrán "amortizar las inversiones y una remuneración equitativa de los capitales invertidos", tal y como recoge textualmente esta Ordenanza.

Actualmente en El Puerto existen cinco mercadillos, tales como el de los martes, conocido popularmente como Los Gitanos, el que se emplaza alrededor de la Plaza de Abastos, el que se establece en el Parque Calderón, el de Valdelagrana y el Mercadillo de Artesanía, el cual se erige bajo una Ordenanza Municipal independiente que tuvo una modificación que entró en vigor el 1 de febrero. A pesar de que la licencia tiene una vigencia de hasta 15 años, anualmente se establecen unas tasas que deben de ser abonadas mensualmente para poder ejercer el comercio ambulante. Por ejemplo, cada puesto que conforma Los Gitanos, que son actualmente 189, debe abonar 17,93 euros por cada día que se celebre el mercadillo, sin importar si llueve o no. De esta manera mensualmente el Ayuntamiento recauda de estas cuotas por el aprovechamiento del suelo público unos 13.555,08 euros. El mercadillo del Parque Calderón, que se establece desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre, tiene una tasa por todo el periodo de 647,30 euros, siendo el suministro eléctrico contratado de manera individual con la empresa encargada de ello. Un total de 22.008,2 euros es el importe en impuestos que el Ayuntamiento recauda de este mercadillo, ya que está conformado por 34 puestos.

Otro aspecto a destacar de esta Ordenanza Municipal es la posibilidad de transmitir la autorización de los puestos sin que ésta afecte al periodo de vigencia. La otra persona que reciba la licencia deberá de tener todos los requisitos que se exigen, tales como el de estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, tener contratado un seguro de responsabilidad civil y un largo etcétera. El Ayuntamiento tendrá potestad completa para revocar la licencia del puesto de cualquier mercadillo ambulante en los casos de infracciones muy graves.

El artículo 26 y 27 de la Ordenanza hace referencia a las infracciones que pudieran llevar a la revocación de la licencia. De esta manera el artículo 26 las clasifica en leves, graves y muy graves, llegando las multas de la primera hasta los 1.500 euros, la segunda oscilaría entre los 1.501 y los 3.000 euros y la tercera, las muy grave, llegaría desde los 3.001 hasta los 18.000 euros. Sin embargo la misma Ordenanza establece una graduación para calcular la cuantía por las infracciones cometidas.

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