Ecologistas en Acción pide que se revoque la Autorización Ambiental a la urbanización del Rancho Linares
Urbanismo / El Puerto
Insisten en que la modificación del PGOU de 2011 para transformar el terreno forestal en 'urbanizable de uso residencial' es "nula de pleno derecho", pese a lo cual la Junta y el Ayuntamiento permiten la construcción de 1.200 viviendas
Ecologistas en Acción ha presentado ante la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, un recurso contra la resolución del delegado territorial, Óscar Curtido Naranjo, que otorgó la Autorización Ambiental Unificada (AAU) a la empresa Marsur TS-21 S.L., para el proyecto de urbanización del Rancho Linares, en el término de El Puerto de Santa María.
Tal y como los ecologistas han advertido de forma reiterada dicha autorización "ha sido aprobada vulnerando numerosas normativas urbanísticas y ambientales. De nada han servido las 70 alegaciones presentadas, con una rigurosa justificación jurídica, técnica y ambiental, en las que se hacía referencia a la jurisprudencia que determina que a todos los planes urbanísticos aprobados a partir de 2006, le son de aplicación la Directiva Europea 2001/42/CE y la Ley 9/2006 sobre evaluación de sus efectos en el medioambiente, mediante la que se realizó la transposición de dicha Directiva, por lo que deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)". La Modificación Puntual del PGOU de El Puerto que recalificó como 'urbanizable de uso residencial' el Rancho Linares se aprobó en 2011, "y no se sometió a la preceptiva EAE, por lo que incurre en radical nulidad". Sin embargo, el ayuntamiento y la Junta de Andalucía en vez de anular dicha modificación, "la están desarrollando para permitir la construcción de 1.200 viviendas, lo que es manifiestamente ilegal".
"También se incumple la normativa legal que protege este bosque, el de mayor biodiversidad del municipio", ya que el Plan de Ordenación del Territorio de la Bahía de Cádiz (POTBC), determina que “Los espacios forestales del Pinar del Madrugador y del Rancho Linares se incorporarán al Sistema General de Espacios Libres de El Puerto de Santa María”. El Plan de Ordenación del Territorio tiene prevalencia sobre el PGOU.
En la autorización ambiental tampoco se ha tenido en cuenta que el Rancho Linares incluye Hábitats de Interés Comunitario (HIC), y especies protegidas por legislación autonómica y de la UE.
La AAU posibilita el desmontaje de un tramo del Acueducto de la Piedad, "lo que está expresamente prohibido" al estar amparado este elemento del patrimonio histórico por una protección estructural en el PGOU, lo que obliga a su conservación en toda su integridad.
Además de los motivos de fondo que invalidan la autorización ambiental y el proyecto de urbanización, "se han cometido graves irregularidades en su tramitación", señalan los ecologistas. En el expediente administrativo se asegura que el ayuntamiento no ha respondido al requerimiento para que se pronuncie sobre las alegaciones de Ecologistas en Acción, "lo que es falso". La concejala de Organización y Planificación Urbana del Ayuntamiento emitió el 22 de abril varios informes a la delegación territorial de Sostenibilidad, "informes que no constan en el expediente". Lo más grave es la “desaparición” del informe del jefe del Servicio Jurídico del Área de Urbanismo del ayuntamiento, que asegura que, tal y como alegó Ecologistas en Acción, dicha modificación del PGOU "no se sometió a EAE, por lo que sería nula de pleno derecho".
En el recurso se detallan los impactos, daños y perjuicios de imposible o difícil reparación, ya que las obras de urbanización, con la construcción de calles y 1.200 viviendas, "supondría la total transformación del territorio, y sus efectos ambientales y contra el patrimonio natural e histórico serían de carácter irreversible".
Por todo ello, Ecologistas en Acción ha solicitado que se revoque y deje sin efecto la resolución por la que se ha otorgado la AAU al proyecto de urbanización del Rancho Linares. Además, ha solicitado la suspensión cautelar del acto administrativo, "debido a las consecuencias irreparables que pudieran derivarse del desarrollo del proyecto de urbanización".
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