Andalucía

Las multas por la contaminación lumínica pasan en un año de 60.000 a 750 euros

  • La presión de los alcaldes obliga a rectificar el reglamento aprobado por la Junta

En sólo un año, los daños que genera la contaminación lumínica han pasado de costar en Andalucía desde 30.000 a 60.000 euros a entre 250 y 750 euros. El cambio obedece a la queja de los alcaldes por el reglamento contra la contaminación lumínica que aprobó la Junta de Andalucía en agosto de 2010 y que obliga a los ayuntamientos a aprobar ordenanzas que controlen este problema. La Federación de Municipios y Provincias (FAMP) denunció que la Junta no contase con ellos para elaborar el reglamento y presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) una querella por invasión de competencias, en virtud de la recién estrenada ley de autonomía local. El recurso contra el reglamento se mantiene y se está a la espera de resolución, informaron ayer fuentes de la FAMP.

Ante la controversia generada, la Consejería de Medio Ambiente que dirige José Juan Díaz Trillo se reunió en noviembre con el presidente de la FAMP, Francisco Toscano, y aparentaron sellar una tregua. Medio Ambiente y la FAMP, ambas gobernadas por el PSOE, acordaron negociar una futura "ordenanza tipo" en la que trabajarían técnicos de la Administración autonómica y de este organismo para consensuar un modelo.

El boceto de ordenanza lo publicó ayer la FAMP en su página web, con el objetivo de que los ayuntamientos atiendan a esta materia de la protección del medio ambiente. La Consejería de Medio Ambiente se compromete a editar una guía técnica de aplicación de esta normativa.

Serán los propios ayuntamientos, mediante esta ordenanza tipo, "quienes establezcan las normas adecuadas de protección lumínica en su territorio, en ejercicio de sus competencias de producción normativa", señaló la FAMP.

Entre las correcciones más destacadas, se reducen muy notablemente la cuantía de las sanciones. Una infracción leve tendrá una multa de 250 euros, una grave hasta 500 euros y una muy grave hasta 750 euros. El reglamento de protección de la calidad del cielo nocturno de la Junta prevé sanciones de entre 30.001 y 60.000 euros.

Se entienden por faltas leves exceder en más de un 40% los niveles de iluminación de forma injustificada o una avería, no reparada en menos de 3 días, del sistema de encendido y apagado de la instalación de un cuadro de alumbrado, entre otras. Son muy graves el funcionamiento de la instalación de alumbrado exterior sin licencia o autorización municipal o superar en más de 100% los niveles de iluminación de forma injustificada. También eludir de manera reiterada, más de seis veces durante el último año, el cumplimiento de los horarios de funcionamiento; presentar autocertificaciones o certificaciones engañosas o fraudulentas y la negativa de los titulares de las instalaciones a permitir el acceso a la inspección por los servicios técnicos municipales.

Los ayuntamientos serán quienes regulen la contaminación lumínica en su término municipal. La ordenanza tipo recopila la normativa existente. Ya no se recoge que será la Consejería de Medio Ambiente quien delimite las zonas de mayor protección, denominadas áreas oscuras o E1. Éstas son las de espacios naturales sensibles o áreas para la observación astronómica. Tampoco se recogen plazos u obligaciones que marca la Junta en su reglamento. Otras muchas cuestiones sí se mantienen, ya que la FAMP mostró su discrepancia "más en la forma que en el contenido". Según previó Medio Ambiente, con estas medidas se ahorrarían 87 millones de kilowatios al año, casi el 11% de los que Andalucía consume en la actualidad.

750

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios