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El Gobierno del cambio realiza una “purga” entre los directivos de Idea

  • La agencia despidió a antiguos altos cargos e intermedios de las anteriores etapas socialistas

  • Los cesados reclaman la nulidad en los tribunales, que han dictado sentencias contradictorias

La sede de la agencia Idea en la isla de la Cartuja.

La sede de la agencia Idea en la isla de la Cartuja. / D. S.

El Gobierno del cambio ha llevado a cabo una “purga” entre los altos cargos y cargos intermedios de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Idea), que se inició al poco tiempo de que el PP y Cs se hicieran con el Ejecutivo andaluz tras las elecciones de diciembre de 2018. Varias decenas de trabajadores han sido despedidos desde entonces en IDEA en toda Andalucía, algunos de lo cuales estaban afiliados al PSOE, y no han dudado en acudir a los tribunales de Justicia alegando precisamente que los despidos se deben a una discriminación por motivos ideológicos. Ya hay incluso algunas sentencias dictadas con una suerte desigual, hay casos en los que se ha avalado la procedencia del cese y en otros se ha declarado improcedente, por lo que algunas de las sentencias ya han sido recurridas en casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

Entre los ceses más destacados de los altos cargos, que además contaban con una trayectoria muy significativa antes de acceder a la agencia IDEA, se encuentran Manuel Cano Ruiz-Granados, que fue subdirector general, quien había trabajado en la empresa de consultoría y auditoría KPMG; o el secretario general, Ignacio Montaño Arroyo, que había trabajado previamente en el bufete Garrigues, del que llegó a ser socio.

Y en mayo de 2019, tan sólo cinco meses después de las elecciones autonómicas, el Gobierno andaluz despidió a laos ocho gerentes provinciales de la agencia Idea. Los consejeros de Economía y Presidencia, Rogelio Velasco y Elías Bendodo, reconocieron entonces que el Ejecutivo andaluz había realizado una reestructuración con el objetivo de “despolitizar” la dirección de IDEA, “agilizar” su gestión y “reforzar los controles y la seguridad jurídica de este organismo”.

La última sentencia rechaza que el cese de una directora fuese por ser del PSOE y mujer

La última sentencia dictada en marzo pasado ha desestimado la demanda presentada por la que fuera directora de Financiación y Fomento Empresarial de IDEA, Silvia R., que fue cesada en septiembre de 2019 y que alegó que había sido despedida por discriminación por motivos políticos, dado que es afiliada al PSOE, y por razones de sexo. Sin embargo, el juez de lo Social número 8 en una sentencia dictada en marzo pasado, a la que ha tenido acceso este periódico ha rechazado estos argumentos, al estimar que “no se ha aportado prueba indiciaria alguna de que el cese de la demandante tuviera por causa su condición de afiliada al PSOE, ni a juicio de quien dicta esta resolución puede deducirse ello de ninguna de las pruebas documentales aportadas a las actuaciones o de la testifical practicada en la vista oral”.

Según esta sentencia, que no obstante no es firme dado que ha sido recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en Sevilla, “la mera circunstancia de estar afiliada a un partido político distinto de aquel al que, en la fecha de cese, ha pasado a ostentar el gobierno de la autonomía andaluza tras las elecciones de diciembre de 2018 no implica por sí sola un indicio de vulneración de la libertad ideológica de la demandante”. Y tampoco aprecia el juez de lo Social discriminación por su condición de mujer, señalando asimismo que recientemente Idea ha nombrado como nueva directora general a una mujer.

Pero al margen de estos motivos de vulneración de derechos fundamentales, en los distintos ceses de los cargos de la agencia se ha debatido si estos contratos son en realidad una relación laboral especial de alta dirección, como sostiene la agencia IDEA –que se basa en un decreto de 2014 que establece que los miembros del consejo rector y los gerentes provinciales son nombrados o separados por el Consejo de Gobierno a propuesta del titular de la Consejería a la que esté adscrita–, o si se trata de una relación de carácter común, como alegan los trabajadores cesados.

Y aquí es donde surgen las contradicciones entre las distintas Salas de lo Social del TSJA, dado que en junio de 2020 la Sala de los Social con sede en Málaga declaró improcedente el despido del que fuera gerente en Málaga, José Aguilar Mancera, mientras que, por el contrario, la Sala del TSJA en Granada ha desestimado en otra sentencia dictada en marzo de este año la demanda presentada por el ex gerente de Idea en Almería Francisco Giménez.

La sentencia del TSJA sobre el ex gerente de Málaga –que se encuentra recurrida en casación ante el Tribunal Supremo– señala que el vínculo laboral que ligaba a las partes “no era propiamente de alta dirección sino ordinario”, y así señala que de una “somera lectura del contrato de trabajo en modo alguno se estipula una causa especial de extinción de su contrato de trabajo”.

En el cese del gerente de Málaga el tribunal no aprecia motivos de represalia política porque “aun cuando el cese del demandante en el cargo pudiera presentar alguna relación con su afiliación política, en ningún caso dicho relevo en el cargo vino directamente ni condicionado por dicha ideología, ni mucho menos se acordó como represalia por su pertenencia a un determinado partido político”.

Las Salas del TSJA de Málaga y Granada dictan fallos contradictorios sobre los despidos

La sentencia del TSJA de Granada sobre el ex gerente de Almería discrepa del fallo de la Sala de Málaga y concluye que no es un despido improcedente porque la relación laboral “es la propia y específica de un alto directivo”.

Otra sentencia, en este caso no ya de la agencia Idea, sino relacionada con el despido de la directora de la unidad de coordinación de la Agencia andaluza para el desarrollo del Flamenco, María Ángeles Carrasco, sí declaró “nulo” su cese en marzo de 2019 por parte de la Agencia andaluza de Instituciones Culturales, que le impidió volver a su anterior puesto de trabajo que no era de personal de alta dirección. En este caso, la ex directora alegó que su cese se produjo por la “diferencia ideológica” con el nuevo Gobierno de la Junta.

El fallo es contundente al afirmar que el único motivo que justifica la decisión de la Junta es la “discrepancia ideológica existente y su única argumentación es dudar de la vigencia de sus propios contratos”. Y así concluye que la agencia andaluza de Instituciones Culturales “no puede por sí misma ser juez y verdugo y valorar que sus propios contratos no están vigentes ni son aplicables las cláusulas redactadas, y actuar en consecuencia a esa presunción que no ha sido ni legal ni judicialmente establecida”.

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