Andalucía

La Audiencia ve "incomprensible" la libertad del cómplice de Jonathan Moya

  • El Constitucional tardó ocho meses en autorizar su ingreso en prisión. El rechazo al recurso presentado llegó 15 días antes de su detención

Un recurso presentado contra dos sentencias -una por violencia física y psíquica y otra por un delito de lesiones contra una menor de 15 años- permitió que Raúl Ríos Forte estuviera en libertad y pudiera ayudar a Jonathan Moya en el secuestro y posterior asesinato de la niña Miriam Cuerda, de 16 meses, en Almería. Si embargo, el Juzgado de lo Penal número 4 de la capital acordó suspender en septiembre pasado su ingreso en prisión a la espera de que el Tribunal Constitucional (TC) resolviese el recurso. El cómplice de Moya había sido condenado a dos años y tres meses de cárcel por maltratar a su novia.

La decisión del juzgado almeriense fue calificada por la presidenta de la Audiencia Provincial de Almería, Lourdes Molina, de "incomprensible, sobre todo teniendo en cuenta los delitos por los que se le acusaba, que la víctima era menor de edad, así como la existencia de antecedentes; en estos casos, la suspensión de la sentencia no debería haberse concedido".

El proceso comienza en noviembre de 2010, cuando el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería condenó a Raúl Ríos Forte a un año y nueve meses por violencia física y a seis meses por lesiones a una menor de 15 años con la que mantenía una relación; dos años y tres meses que fueron ratificados por la Audiencia Provincial de Almería y por los que tenía que ingresar en el centro penitenciario de El Acebuche.

El condenado presentó entonces el recurso de amparo ante el Constitucional. En agosto se niega la suspensión de la pena y se pide un nuevo informe sobre el estado del recurso que "aún estaba pendiente su admisión o no", por lo que el Penal almeriense, acuerda la suspensión de una condena hasta su resolución definitiva que llega a finales del pasado mes de noviembre rechazando el recurso que es comunicado apenas 15 días antes de su participación en el crimen. Dos semanas éstas que condenaron a Miriam, ya que fue detenido por agentes de la Guardia Civil como cooperador necesario en el secuestro y la muerte de la pequeña.

Toda esta maraña de procedimientos judiciales, de dilaciones y peticiones fue calificada ayer por la presidenta de la Audiencia Provincial como "incomprensible, ya que la suspensión de la pena no es preceptiva al presentar un recurso de casación, ya que entonces nadie entraría en prisión y cuando se trata de este tipo de delitos y más aún en el caso de una menor de edad y en una persona con antecedentes, en mi opinión no cabe bajo ningún concepto la suspensión de la pena" con lo que Ríos Forte debería haber estado en pleno cumplimiento de su condena cuando se produjo su participación -en un grado que aún debe ser determinado, ya que poco se sabe de la misma- en la muerte de Miriam Cuerda en Abrucena.

No vale ni tan siquiera la alusión a la enorme carga de trabajo que tienen los juzgados de lo penal con 3.897 sentencias pendientes de ejecutar, ya que según Molina "no debe servir de excusa para que se haya concedido una suspensión que no debería haberse dado en ningún caso".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios