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Provincia de Cádiz

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz confirma la nulidad del IRPH por abusivo

La Audiencia Provincial de Cádiz se ha convertido en una de las primeras en España -junto con la Audiencia Provincial de Alicante y la Audiencia Provincial de Madrid- en declarar nulo el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) aplicado por el BBVA a una hipoteca suscrita por una joven pareja gaditana. Bufete Ortiz, el despacho de abogados que ha llevado la dirección jurídica de este caso, considera que la Sección Quinta de la Audiencia de Cádiz ha dictado una "sentencia histórica", ya que hasta el momento ningún Juzgado de Primera Instancia de la provincia había declarado nulo el IRPH.

Según José Luis Ortiz Miranda, especialista en Derecho Bancario que ha tramitado este asunto, la decisión de la Audiencia de confirmar una sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz constituye un "hito histórico", pues anula por abusivo el IRPH al que estaba referido la hipoteca de los demandantes. En consecuencia, el préstamo queda con el índice principal, el Euribor, desde el inicio de la operación. Así, la pareja afectada pasará a pagar un interés negativo, puesto que el Euribor actualmente está en -0,183% y, por tanto, será el BBVA quien tendrá que pagar intereses a los demandantes.

La resolución judicial, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo (TS), anula asimismo varias cláusulas abusivas adicionales, como por ejemplo la cláusula suelo del 2,5% y la cláusula techo del 15% nominal. Si esta sentencia es ratificada por el TS, la entidad bancaria deberá devolver una cifra que supera los 10.000 euros a la pareja.

En un comunicado, Bufete Ortiz explica que esta sentencia llega poco después de que el Banco de España -en su resolución de 17 de junio de 2015- haya reconocido que el IRPH es manipulable por parte de la banca, indicando que está acreditada la falta de representatividad de este índice así como su opacidad y falta de control. Además, prosigue el comunicado, el pleno del Parlamento Vasco declaró el pasado 15 de marzo de 2016 que el tipo de interés IRPH es "opaco, influenciable por las entidades bancarias, no representativo de la realidad del mercado, claramente perjudicial para los consumidores y, por lo tanto, abusivo". La Cámara de Vitoria instó a las entidades bancarias a "reintegrar a los consumidores todos los interés cobrados en referencia a dicho índice" y "a devolver las viviendas desahuciadas en aplicación de IRPH Bancos".

Para Ortiz Abogados esta valoración que realiza el Banco de España y el pleno del Parlamento Vasco, así como la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, suponen "un giro radical que beneficiaría a más de 1,3 millones de familias afectadas en España".

Anteriormente, sólo la Audiencia Provincial de Álava (en una sentencia de marzo de 2016) había declarado la nulidad del IRPH Bancos a partir de la demanda presentada por miembros de la plataforma IRPH Stop Guipúzcoa.

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