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Provincia de Cádiz

El enfermero del 'caso talio' recurrirá la sentencia que lo condena a 23 años

  • Un jurado consideró probado que el ubriqueño Iván Ramírez asesinó a su esposa envenenándola con varias sustancias

Iván Ramírez, el enfermero de Ubrique acusado de envenenar a su esposa, la granadina Laura Aróstegui, y de causarle la muerte en 2010, ha sido condenado a 23 años de cárcel como autor de un delito de asesinato.

El procesado, que fue juzgado en la Audiencia Provincial de Las Palmas el mes pasado y considerado culpable por un jurado, debe indemnizar a los padres de Laura con 100.000 euros y con la misma cantidad al hijo que tenía con la fallecida. Asimismo, se impone la accesoría de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto a su hijo por el tiempo de la condena.

Según ha podido saber este periódico, la defensa de Ramírez, a quien representa el abogado José Álvarez, va a recurrir el fallo emitido por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria.

Esa sentencia recoge que el jurado consideró cierto (por 7 votos) que el procesado, "cansado tanto de las discusiones como de los problemas económicos, decidió acabar con la vida de su mujer" y para ello "comenzó a suministrarle talio en la comida, metal pesado cuya ingesta resulta altamente dañina para el ser humano" así como "benzodiacepinas, opiáceos e insulina". Igualmente el jurado estimó que el enfermero se aprovechó tanto de sus conocimientos de medicina como de la confianza de sus compañeros de profesión para perpetrar el crimen.

Según el sentencia, la mujer sufrió varias crisis (hipoglucemias y paradas cardio respiratorias) desde el 15 de mayo hasta el 11 de julio, día de su muerte, si bien experimentó cierta mejoría cuando el personal del Hospital Insular limitó las visitas y, por tanto, Ramírez no se quedaba a solas con ella.

En los análisis efectuados en el vello de Laura antes de su fallecimiento -dice la sentencia- se encontraron niveles de talio por encima de lo normal, compatibles con una exposición a ese metal dos o tres meses antes a dichos análisis; sin embargo, en exámenes realizados post mortem no se detectó esta sustancia. Tampoco se halló talio ni en el propio Iván, ni en el hijo de ambos ni en el domicilio conyugal, lo que por otra parte descarta la intoxicación accidental, pues se hubiera hecho extensible a toda la familia.

El veredicto del jurado consideró por unanimidad como hechos favorables para el procesado que Laura mostrase "en todo momento su malestar por los rumores que existían sobre los posibles intentos de intoxicación por parte de su marido, habiendo manifestado su intención de denunciar a quien los difundiera", además de expresar que era "un marido y padre ideal".

También por unanimidad se consideró cierto que "en ningún momento se vio al acusado administrar medicamentos a su mujer durante sus ingresos".

Por todo ello, el magistrado del 'caso talio' ha especificado en su dictamen que "efectivamente, el jurado, al emitir su veredicto de culpabilidad, no pudo disponer más que de indicios".

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