Compran una nueva casa y la comunidad de vecinos les reclama más de 12.000 euros de la deuda que dejaron los anteriores propietarios

La justicia obliga a los nuevos dueños a pagar más de 12.600 euros tras aceptar en la escritura hacerse cargo de las cuotas pendientes

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Fachada de un edificio
Fachada de un edificio / M. G

Comprar una vivienda y estrenar casa debería ser motivo de alegría, pero para una pareja la operación terminó convirtiéndose en un serio quebradero de cabeza. Tras adquirir un piso y un trastero en una subasta judicial, la comunidad de propietarios les reclamó una deuda superior a los 12.000 euros correspondiente a los anteriores dueños. La sorpresa fue mayúscula, pero la justicia ha sido clara: deben pagarla.

El caso ha sido analizado por la Audiencia Provincial de Castellón, que ha confirmado que los compradores están obligados a abonar 12.622,69 euros en concepto de cuotas comunitarias impagadas. El motivo clave está en la escritura de compraventa, donde figuraba una cláusula por la que los nuevos propietarios aceptaban expresamente asumir esa deuda.

Una compra en subasta con consecuencias inesperadas

La vivienda fue adquirida a través de una subasta judicial organizada por el Colegio de Procuradores, tras el concurso de acreedores de la empresa propietaria del inmueble. En las bases de la subasta ya se indicaba que el adjudicatario se haría cargo de las posibles deudas con la comunidad de vecinos, algo que después quedó reflejado en la escritura.

Sin embargo, una vez recibida la reclamación, la pareja decidió acudir a los tribunales al considerar que no existía un acuerdo claro y que la deuda no debía recaer sobre ellos. Argumentaron, además, que la Ley de Propiedad Horizontal limita la responsabilidad del nuevo propietario a las cuotas del año en curso y las tres anualidades anteriores.

La Justicia es clara: deben pagar

Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial desestimaron sus argumentos. Los jueces subrayaron que en la escritura aparecía una cláusula clara, visible y sin ambigüedades —incluso destacada en mayúsculas— en la que los compradores asumían todas las deudas comunitarias pendientes, sin límite temporal.

Esto es clave, ya que la ley permite que esa responsabilidad ampliada exista si el comprador la acepta de forma expresa. En ese caso, la protección habitual que ofrece la Ley de Propiedad Horizontal deja de aplicarse.

La ley y las deudas de comunidad

De forma general, cuando se compra una vivienda, el nuevo propietario responde de las deudas con la comunidad correspondientes al año de la compra y los tres anteriores. No obstante, si en la escritura se acepta asumir más deuda, la comunidad puede reclamar la totalidad de lo pendiente, como ha ocurrido en este caso.

Los expertos recomiendan revisar con detalle el certificado de deuda de la comunidad antes de firmar, un documento que debe aportar el vendedor y que refleja cualquier impago pendiente.

Este tipo de situaciones no son extrañas en subastas judiciales o compras de viviendas de segunda mano, donde pueden existir cargas ocultas. Por eso, los expertos insisten en la importancia de solicitar siempre el certificado de deuda de la comunidad y revisar con lupa cada cláusula antes de firmar.

Cuando se cuenta con un buen asesoramiento legal especializado se pueden evitar sorpresas antes de comprar una propiedad en una subasta o de segunda mano.

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