La Magdalena se dispone a cerrar su peor capítulo con el aval del Consultivo: las razones por las que da la razón al Ayuntamiento de San Fernando
Su dictamen considera que la causa esgrimida por el Consistorio isleño para resolver el contrato es anterior a la petición de la UTE adjudicataria
Al contratista le corresponde una indemnización del 3%: unos 180.000 euros
El Consejo Consultivo da la razón al Ayuntamiento de San Fernando con La Magdalena e informa favorablemente a la resolución del contrato
El Consejo Consultivo de Andalucía avaló la resolución del contrato de La Magdalena por parte del Ayuntamiento de San Fernando al considerar que la causa esgrimida por el Consistorio al tomar esta controvertida decisión en el pasado mes de septiembre existía con anterioridad a la petición para dejar las obras que formuló la UTE a la que se le había adjudicado en su día la actuación.
Así, el órgano –que subraya el carácter preceptivo de su dictamen ante la oposición del contratista a los argumentos municipales– apela al artículo 211.2 de la Ley de Contratos del Sector Público para recordar literalmente lo que dice la normativa: "En los casos en que concurran diversas causas de resolución del contrato con diferentes efectos en cuanto a las consecuencias económicas de la extinción, deberá atenderse a la que haya aparecido con prioridad en el tiempo".
Dicho artículo ha sido la clave que ha terminado por dar la razón al Ayuntamiento isleño. El dictamen del Consultivo, cuyo resultado adelantaba días atrás el gobierno municipal nada más tener constancia de la resolución y que ahora se ha podido conocer al detalle, se ha centrado en valorar no la resolución de este contrato millonario –cosa que pretendían tanto el Consistorio como la UTE adjudicataria– sino si tenía razón el contratista o el Ayuntamiento en los argumentos empleados para solicitar dicha resolución.
No se trata de una cuestión baladí, puesto que de ello dependía la indemnización que habrá que abonar a la empresa, que finalmente –así se concreta también en el dictamen– será de "un 3% del importe de la prestación dejada de realizar". Esto es, unos 180.000 euros que percibirá la UTE por la ruptura del contrato de La Magdalena después de más de dos años de parón.
Cabe recordar llegados a este punto que en el proyecto de La Magdalena, según consta en los informes oficiales, únicamente se llegó a ejecutar un 1,03% de la obra contratada habiéndose certificado la cantidad de 62.853,12 euros de los 7.368.418,36 por los que se había adjudicado en su día la actuación.
Con todo, si el Consultivo hubiese estimado los argumentos del contratista en lugar de los defendidos por el Ayuntamiento, esta indemnización se habría llegado a duplicar al corresponderle conforme a la ley hasta el 6% del precio de adjudicación: unos 360.000 euros. De ahí que, a pesar de todo, para el equipo de gobierno hasta haya sido un alivio que dicha cuantía sea solo de un 3%.
La diferencia, evidentemente, estriba en los argumentos a los que una y otra parte se aferraban para solicitar la citada resolución del contrato conforme a la Ley de Contratos del Sector Público. Así, la UTE adjudicataria apelaba a "causa imputable a la Administración al haberse acordado por parte de esta última la suspensión de las obras por un plazo superior a los ocho meses", lo que le permitía reclamar la máxima indemnización contemplada en estos casos.
Por otro lado, el Ayuntamiento aducía a la imposibilidad de ejecutar el contrato en los términos pactados dadas las circunstancias sobrevenidas –los problemas surgidos a causa de las condiciones geotécnicas del suelo– que suponen más de un 20% del coste inicial de la obra, lo que supone una de las causas de resolución del contrato recogidas en la citada ley.
El Consultivo, de hecho, considera probado que en el parón de la obra de La Magdalena han concurrido "circunstancias sobrevenidas e imprevisibles, desconocidas en el momento en que tuvo lugar la licitación del contrato" que han derivado en un modificado que supone un incremento superior a ese 20% del coste inicial y que "no ha sido aceptado expresamente por el contratista".
Es otro de los aspectos que valora el dictamen del Consultivo, que no pasa por alto que, a pesar de que no aceptó dicha modificación, sí lo solicitó hasta en dos ocasiones durante 2022 "dadas las diferencias entre las características geológicas y geotécnicas del terreno, entre el estudio geotécnico del proyecto y los condicionantes realmente presentes en el subsuelo".
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento isleño, una vez recibido el dictamen del Consultivo, acordó la semana pasada la resolución del contrato. Eso sí, existe la posibilidad de que ahora pueda ser recurrido en los tribuales, cosa que no cogería por sorpresa al gobienro local, que prácticamente lo da por hecho.
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