tribuna libre

José Mª / García León /

Estados Unidos y las Cortes de Cádiz

La Constitución de 1812, junto con la norteamericana de 1787 y la francesa de 1791, cronológicamente es la tercera en orden de importancia de las surgidas en Occidente entre los últimos años del siglo XVIII y los primeros del XIX, a raíz de las nuevos principios liberales. Aunque a la hora de elaborarla nuestros legisladores pusieron especial énfasis en buscar un precedente histórico en nuestras Cortes castellanas y aragonesas, lo cierto es que es innegable la influencia de las nuevas ideas provenientes de Francia y Estados Unidos en el texto gaditano.

Básicamente, de Estados Unidos se adoptó ese ordenamiento jurídico interno tan especial, cimentado en la independencia de los tres poderes básicos: legislativo, ejecutivo y judicial. De Francia, en cambio, se aceptaron los derechos del hombre y del ciudadano, fundamentales a la hora de interpretar sus derivados, como el principio de ciudadanía o la libertad de imprenta, por citar tan solo algunos de ellos. Sin embargo, aunque se ha querido interpretar nuestra Constitución como casi un calco de la francesa, lo cierto es que en su sentido de Estado hay un carácter de compromiso muy especial y que, más que un reflejo de las ideas roussonianas, se acerca por contra a los principios de ese gran teórico de la filosofía angloamericana de la ley como fue Jeremías Bentham.

Con todo, al margen de estas disquisiciones de tipo político e ideológico, nos interesa resaltar un hecho verdaderamente incuestionable como fue el que gran parte del territorio de los actuales Estados Unidos en aquellos años correspondían a la Corona española.

La huella hispana en Estados Unidos: A comienzos del siglo XIX España poseía en América un inmenso imperio colonial que iba desde la mitad sur de los actuales Estados Unidos hasta la Patagonia, sin olvidar las Antillas y las Islas Filipinas en el Pacífico.

Todos estos territorios tuvieron, aunque en una proporción por razones políticas mucho menor que la Metrópoli, sus correspondientes representantes en las Cortes. Junto con las eficaces medidas llevadas a cabo por el reformismo borbónico, especialmente por Carlos III, la pervivencia de dicho imperio en estos años se explica básicamente por dos razones externas fundamentales, la primera, por el interés de las restantes potencias europeas en mantener entre ellas su propio equilibrio, y la segunda, porque dichos territorios les suponían un atractivo mercado donde colocar gran parte de sus manufacturas, dada la poca capacidad industrial de España.

En el caso concreto de Estados Unidos, la Corona española era dueña de los actuales estados de California, Tejas, Nuevo Méjico, la Florida y la Luisiana. Progresivamente, estas tierras se irían perdiendo en favor de la nuevas repúblicas nacientes, la norteamericana y la mejicana, aunque esta última sería doblegada posteriormente por la primera en esta cuestión. Con todo, no hemos de pasar por alto la ayuda española a los rebeldes norteamericanos en su guerra de independencia contra Inglaterra y que nos permitió controlar toda la costa del golfo mejicano, las dos Floridas y reservarse los derechos de navegación por el Misissipí. Aún así hay quienes interpretan esta ayuda como un gran error táctico de nuestros gobernantes, que, a modo de nefasto ejemplo, podía volverse en contra nuestra como realmente sucedió después.

Un monumento a la Constitución de 1812 en San Agustín de la Florida: En la Semana Santa de 1513 Juan Ponce de León llegó a la tierra más oriental del seno mejicano que llamó Florida y que incorporó a España. Era un vasto territorio, prácticamente despoblado (contaba poco más de 3.000 habitantes en 1750) y con muy pocos recursos económicos. La principal preocupación de los gobernadores españoles del siglo XVIII fue detener tanto los avances de los franceses desde la Luisiana como los de los ingleses que lo hacían desde Carolina. Fueron estos últimos los que en 1763 se apoderaron temporalmente de la Florida, aunque tuvieron que devolverla a España en 1783. Fue entonces cuando se decidió incorporar su parte occidental al territorio de la Luisiana, mientras que la parte oriental, que llevaba una existencia bastante anodina, fue vendida a los Estados Unidos en 1819,

Desde la Florida fue donde José Alvarez de Toledo, diputado disidente por la isla de Santo Domingo, desertó de las Cortes de Cádiz y lanzó panfletos antiespañoles, haciendo proselitismo por la independencia de aquella zona. Pero también es en Florida, en la localidad de San Agustín, donde existe el único monumento en Estados Unidos y uno de los pocos que hay en América dedicado a la Constitución de 1812. Por cierto que en su leyenda se puede apreciar claramente un símbolo masónico. A este respecto, resulta encomiable la labor divulgadora e investigadora que llevó a cabo la expedición "Herederos 1812" hace justamente dos años.

En cuanto a la Luisina, fue cedida por Francia a España en 1762. En 1800 contaba con unos 50000 habitantes y, tres años después, Carlos IV se la entregó a Napoleón, quien a su vez la vendió a Estados Unidos por 80 millones de francos.

Pedro Bautista Pino, diputado por Nuevo Méjico en Cádiz: En cuanto a la provincia de Nuevo Méjico, perteneciente entonces al Virreinato de Nueva España, tuvo como diputado en las Cortes de Cádiz a Pedro Bautista Pino, un comerciante, licenciado en Derecho, alcalde y regidor de Santa Fe.

Liberal de pensamiento fisiócrata, se mostró muy favorable a la liberalización del comercio ultramarino y contrario a conseguir la pacificación del territorio mejicano solamente con la utilización de la fuerza. Expuso en las Cortes la situación y posibles mejoras de su territorio bajo el título de Exposición sucinta y sencilla de Nuevo Méjico, verdadera descripción de su provincia en la que se detallaban todas sus deficiencias y donde se lamentaba de la poca atención que se le había prestado desde España. Posteriormente en 1849 se publicó en Méjico, bajo el título de Noticias históricas y estadísticas de la antigua provincia del Nuevo Méjico, presentadas en Cádiz en 1812. Adicionadas por el licenciado D. Antonio Barreiros en 1839. Se trata de una obra rara y de gran importancia por los datos de primera mano que contiene. Asimismo, planteó en toda su crudeza el reconocimiento de los indios, refiriéndose al problema de la tierra y a su relación con los levantamientos que se producían. Ante el temor de que por su escasa población Nuevo Méjico pudiera perder el derecho a poseer diputado propio, pidió en las Cortes que se mantuviera este derecho como sucedía con la isla de Santo Domingo.

En la actualidad, un descendiente suyo es representante por dicho estado.

La necesidad de un acercamiento mutuo: La relación de Estados Unidos con las Cortes de Cádiz no es precisamente una cuestión de la que se hable mucho, pero, indudablemente, merece un mayor reconocimiento y una mejor divulgación en unos momentos en que tan necesitados estamos de que todo lo relacionado con el Bicentenario encuentre su debido eco tanto a nivel nacional como internacional. En este caso concreto, se nos presenta una magnífica oportunidad para que en Estados Unidos conozcan mejor nuestra historia y la Constitución de 1812 , que, en parte, fue también la de ellos.

Creo que merece la pena, al menos, intentarlo.

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