Provincia de Cádiz

Estas son las restricciones que se mantienen a pesar de la apertura del cierre perimetral

  • Las medidas ligadas a los niveles 3 y 4 de alerta sanitaria, el que mantiene la provincia de Cádiz, no se revisarán hasta el 4 de marzo

Mesas y sillas recogidas de una terraza de la Plaza del Rey.

Mesas y sillas recogidas de una terraza de la Plaza del Rey. / Sonia Ramos

"Que nadie se espere una desescalada a lo loco". El presidente andaluz, Juanma Moreno, se mostró contundente hace un par de días cuando hacía referencia al importante descenso de la tasa de incidencia que se vive en toda la comunidad. Ante la posibilidad de que se pudieran lanzar las campanas al vuelo de forma prematura, con el perjuicio que ello conllevaría de cara a una hipotética cuarta ola del coronavirus, Moreno abogó por la prudencia y retrasó hasta el 4 de marzo la posibilidad de relajar las medidas en la comunidad, aunque siempre de una forma "razonada y proporcional".

¿Cuáles son esas medidas que se analizarán una vez pasado el Puente del Día de Andalucía? En resumen, los horarios de comercios, movilidad entre provincias y el toque de queda. Es decir, estas limitaciones se mantienen igual aunque la tasa de incidencia descienda por debajo de los 500 casos por cada 100.000 habitantes.

Podríamos indicar por tanto que existirían dos tipos de restricciones: por un lado, las asociadas a la tasa de incidencia, que son las que se revisan semanalmente por el Comité de Territorial de alertas; y por otro lado, unas restricciones 'genéricas', que no se analizan semanalmente, a las que también favorece la mejora de los datos de contagios y que hasta el próximo 4 de marzo no serán analizadas. Son medidas que guardan relación en sí con los niveles de alerta 3 y 4, que son los que están vigentes en la provincia de Cádiz.

Las medidas en el nivel 3

  1. Limitada la movilidad entre provincias
  2. Celebraciones tras ceremonias religiosas o civiles: Si en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 50% con máximo de 50 personas interior y 75 exterior. Servicio en mesas de máximo 6 personas.
  3. Ceremonias civiles: Aforo del 50% tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas.
  4. Discotecas, locales de ocio nocturno: Cierre
  5. Establecimientos recreativos (infantiles, centros de ocio infantil y atracciones de feria): Los establecimientos recreativos infantiles que se destinen a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñados específicamente para público de edad igual o inferior a 12 años, espacios de juego y entretenimiento, así como la celebración de fiestas infantiles, permanecerán cerrados. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 50 % lugares abiertos y 25% aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo al 40% manteniendo distancia de seguridad interpersonal (salvo convivientes). Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 30% salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que será del 20%.
  6. Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares y tradicionales: No se podrán celebrar.
  7. Hostelería y restauración (incluido de hoteles): La hostelería en general podrá abrir hasta las 6 de la tarde. Se podrán recoger pedidos hasta las 21.30 horas. Se podrán encargar por teléfono hasta las 22.30 horas para ser entregados a domicilio hasta las 23.30 horas. Hostelería sin música: Aforo del 50% en interior local y 100% en espacios abiertos (terrazas al aire libre). Hostelería con música y especiales con música: Aforo del 50% en interior y local y 75% en espacios abiertos (terrazas al aire libre) (los exclusivos de bebidas deben cerrar). Prohibido consumo en barra. Mesas o agrupaciones máximo 4 personas. Distancia 1,5 m entre sillas diferentes mesas o agrupaciones. No aplica horario cierre a los de régimen especial.
  8. Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios y academias de baile): Aforo máximo del 50% tanto las cerradas como al aire libre para deportistas. Aforo espectadores del 50 % sin rebasar máximos de 200 en interior y 400 en exterior. Aforo del 50% en academias de baile. Deporte no federado de grupo con máximo de 6 personas y al menos 3 metros distancia con otros grupos. Evaluación de riesgo especifica cuando se superen los límites de espectadores indicados. Las actividades aeróbicas o clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 10 personas conformadas en grupos estables.
  9. Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas: Aforos del 50% en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Cierre 18h.
  10. Peñas, asociaciones gastronómicas y recreativas, o establecimientos similares y culturales: Aforos del 50% y distanciamiento interpersonal de 1,5 m. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.
  11. Piscinas de uso colectivo: Aforo 50% del permitido.
  12. Residencias de estudiantes: Aperturas de zonas comunes al 50% (bibliotecas, salas juego, televisión, etc). Comedores al 50% con máximo de 75 personas interior y 100 en exterior. Actividad de restauración, distintas a los comedores deben cumplir normas de hostelería y restauración. Prohibición de visitas.
  13. Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres: Máximo de 20 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes.
  14. Toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas, salvo para excepciones previstas.

Las medidas en el nivel 4

  1. Limitada la movilidad entre provincias
  2. Celebraciones tras ceremonias religiosas o civiles: Si es en establecimiento hostelero, aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si es en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 30 % con máximo de 30 personas interior y 50 exterior. Servicio en mesas de máximo 6 personas.
  3. Ceremonias civiles: Aforo del 30 % tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas.
  4. Discotecas, locales de ocio nocturno: Cierre
  5. Establecimientos recreativos (infantiles, centros de ocio infantil y atracciones de feria): Los establecimientos recreativos infantiles que se destinen a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñados específicamente para público de edad igual o inferior a 12 años, espacios de juego y entretenimiento, así como la celebración de fiestas infantiles, permanecerán cerrados. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 40 % lugares abiertos y 15 % aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento al 30 % manteniendo distancia de seguridad interpersonal (salvo convivientes). Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 20 % salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que deberán permanecer cerradas.
  6. Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares y tradicionales: No se podrán celebrar.
  7. Hostelería y restauración (incluido de hoteles): La hostelería en general podrá abrir hasta las 6 de la tarde. Se podrán recoger pedidos hasta las 21.30 horas. Se podrán encargar por teléfono hasta las 22.30 horas para ser entregados a domicilio hasta las 23.30 horas. Hostelería sin música: Aforo del 30 % en interior local y 75 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre). Hostelería con música y especiales con música: Aforo del 30% en interior y local y 75 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre) (los exclusivos de bebidas deben cerrar). Prohibido consumo en barra. Mesas o agrupaciones máximo 4 personas. Distancia 1,5 m entre sillas diferentes mesas o agrupaciones. Eliminación servicio buffet. No aplica horario cierre a los de régimen especial (3).
  8. Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios y academias de baile): Aforo máximo del 40 % tanto las cerradas como al aire libre para deportistas. Eventos deportivos, entrenamientos y competiciones sin espectadores. Aforo del 40 % en academias de baile. Deporte no federado no podrá realizarse deporte de grupo que no garantice mantenimiento de distancia seguridad interpersonal. En todo caso máximo de 6 personas por grupo. Las actividades aeróbicas o clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 6 personas conformadas en grupos estables.
  9. Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas: Aforos del 40 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Cierre 18h.
  10. Peñas, asociaciones gastronómicas y recreativas, o establecimientos similares y culturales: Aforos del 30 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 m. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.
  11. Piscinas de uso colectivo: Aforo 40% del permitido.
  12. Residencias de estudiantes: Aperturas de zonas comunes al 30 % (bibliotecas, salas juego, televisión, etc.). Comedores al 50 % con máximo de 75 personas interior y 100 en exterior. Actividad de restauración, distintas a los comedores deben cumplir normas de hostelería y restauración. Prohibición de visitas. Cierre a las 21.30.
  13. Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres: Máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 6 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes
  14. Toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas, salvo para excepciones previstas.

¿Cuáles son las medidas que se revisan cada jueves?

Las revisiones semanales que realiza cada jueves el Comité Territorial de Alertas están relacionadas con el levantamiento de los cierres perimetrales de los municipios y con el cierre o no de la actividad no considerada esencial. En este sentido, se espera que este jueves casi todos los municipios de la provincia hayan superado ese confinamiento perimetral al bajar la tasa de incidencia de los 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. La apertura de la actividad no esencial, pero dentro de los límites generales, se alcanzaría al bajar de los 1.000 casos de tasa de incidencia.

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