El jurado ve culpable de asesinato al hombre acusado de dejar morir a su madre en El Puerto

La Fiscalía ha solicitado como medida cautelar la entrada en prisión provisional del hijo a la espera de la sentencia

"No pedí ayuda por cabezota, quería hacerlo todo solo"

El acusado, a su salida de la Audiencia de Cádiz.
El acusado, a su salida de la Audiencia de Cádiz. / D.C.

Un jurado ha dictaminado que el hombre acusado de dejar morir a su madre, de 88 años de edad, en el domicilio en el que ambos convivían en El Puerto es culpable de asesinato. Tras varias horas de deliberación, los miembros del tribunal popular, integrado por siete mujeres y dos hombres, han determinado que el procesado desatendió las necesidades más básicas de su progenitora, tales como su alimentación, su higiene y sus cuidados médicos, lo que la llevó a sufrir una desnutrición extrema que acabó por causarle la muerte en marzo de 2022.

Pasadas las ocho de la tarde de este martes, el jurado procedió a la lectura del objeto del veredicto en la Audiencia Provincial de Cádiz. El tribunal popular consideró probado que el encausado era la persona encargada de asistir a su madre, quien, tras sufrir un ictus en 2004 y por razón de su edad, padecía un deterioro progresivo, por lo que no podía ni caminar ni alimentarse ni asearse por sí misma, esto es, era una persona totalmente dependiente.

Pese a ello, el hijo no procuró a su madre la asistencia que requería, según quedó acreditado para el jurado, que se basó en los informes forenses para llegar a esta conclusión. Dichas periciales reflejaban que Gloria, la víctima, padecía una caquexia extrema (pesaba 33 kilos cuando murió) y tenía varias lesiones ulcerosas necrosadas provocadas por un encamamiento prolongado. Además, el cuerpo evidenciaba una falta de higiene considerable.

Del mismo modo, el jurado tuvo en cuenta el estado en el que se encontraba la vivienda familiar, repleta de basura y suciedad, tal y como reflejaban las fotografías aportadas al procedimiento.

Para los miembros del tribunal, el acusado sabía discernir entre el bien y el mal y no padecía ningún trastorno mental a la fecha de los hechos, por lo que desatendió a su madre de forma consciente. Llegaron a este convencimiento a partir del informe de imputabilidad del hijo, que reveló que no tenía mermadas sus capacidades intelectivas.

Asimismo, el jurado valoró que la madre, dada su situación de dependencia, no tenía capacidad de pedir ayuda externa. De ahí que consideraran al hijo responsable de un homicidio con alevosía, es decir, de asesinato.

Una vez finalizada la lectura del veredicto, la fiscal del caso se mantuvo en su petición de prisión permanente revisable para el encausado y solicitó su entrada en la cárcel de manera provisional por riesgo de fuga ante la gravedad de la pena planteada. La representante del Ministerio Fiscal alegó que el procesado carece de arraigo, de trabajo y que no siempre ha estado a disposición de la Justicia durante la instrucción de la causa.

La defensa, por su parte, pidió una pena por asesinato en su grado medio -8 años- y se opuso a la medida cautelar de prisión preventiva por cuanto aún no hay sentencia firme. Además, argumentó que, en ocasiones, ha habido pequeñas dificultades para localizarlo, si bien al final se ha conseguido dar con su paradero.

La magistrada presidenta del tribunal popular tendrá que resolver ahora si el encausado ingresa o no en un centro penitenciario a la espera de la sentencia.

Durante su declaración en el juicio celebrado días atrás en el Palacio de Justicia de Cádiz, el acusado dijo que no tenía conocimientos suficientes para ejercer como cuidador y que no solicitó ayuda a los Servicios Sociales "por cabezota". Así, manifestó que "quería hacerlo todo solo". El hijo sostuvo también que desconocía que tuviese que cambiar a su madre de posición para evitar las lesiones ulcerosas provocadas por un encamamiento prolongado.

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