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Provincia de Cádiz

Absueltos seis acusados de simular un accidente para cobrar el seguro

  • En contra de lo que sostuvo el fiscal, la sentencia afirma que sí hubo siniestro

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a seis personas a las que el fiscal acusaba de participar en la simulación de un accidente de tráfico en el mercadillo ambulante de Rota con objeto de cobrar la indemnización que pagaría la compañía aseguradora de un vehículo. Pese a que una sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Rota lo puso en duda en su día, la resolución de la Audiencia considera que el accidente sí se produjo y que de las pruebas practicadas no se desprende que las lesiones que presentaban los heridos en el siniestro no se debieran a la colisión entre los dos vehículos involucrados.

El fiscal llevó a los procesados al banquillo, acusados de simular un delito y de estafa, tras la primera sentencia, dictada en febrero de 2004, que absolvió en un juicio de faltas al conductor del vehículo que provocó el accidente y también a la compañía aseguradora Caser. En calidad de responsable civil directo, Caser había consignado 5.440 euros por las indemnizaciones debidas a los lesionados. Tras esa resolución, el fiscal estimó que había pruebas de que los acusados habían intentado estafar a la compañía aseguradora y reclamó 11 meses de prisión para cada uno de los procesados. También multas de 900 euros.

El juicio se celebró a mediados del pasado febrero en la Sección Tercera de la Audiencia. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ana María Rubio Encinas, argumenta que la resolución dictada por el Juzgado de Rota sobre el accidente no aseguró que la colisión de los vehículos no se produjo sino que había dudas de que se hubiese producido. Tras analizar la declaración de un testigo y el informe de un detective privado contratado por la compañía de seguros, el tribunal llega a la conclusión de que sí hubo accidente. El testigo les pareció creíble a los magistrados; el detective no acudió al juicio y su informe no asegura que el siniestro no ocurrió, sostiene la sentencia.

El accidente ocurrió, según la resolución de la Audiencia, el 18 de febrero de 2004. Días después, A.L., en representación de sus dos hijas menores de edad, presentó una denuncia contra su esposo y padre de las niñas, A.B.; el motivo: que cuando A. conducía su vehículo por el mercadillo de Rota había tenido un accidente y habían resultado heridas las dos menores. Otra hija de A.L. y A.B., mayor de edad, también presentó denuncia como ocupante del vehículo.

Meses después, en agosto de 2004, J.F. y sus hermanos F.J.F. y A.F., denunciaron que el coche de A.B. había golpeado por atrás su vehículo el 18 de febrero y que habían resultado lesionados.

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