El Juzgado archiva la querella de Gyocivil contra el exalcalde portuense David de la Encina por Pozos Dulces
El auto del juez es claro al decir que fue la propia constructora la única causante de la paralización del proyecto
Querella por la obra de Pozos Dulces, en El Puerto: "La única responsable de que no haya parking es la propia Gyocivil"
El Juzgado número 5 de El Puerto acaba de archivar la querella presentada en 2022 por la constructora Gyocivil contra el exalcalde de El Puerto de Santa María, David de la Encina, y otros miembros del consejo de administración de Impulsa Aparca durante el mandato liderado por el PSOE, Francisco Lara y Silvia Valera, junto a representantes de Impulsa El Puerto, Impulsa Aparca y GED Capital entre los años 2015 y 2019.
El procedimiento se inició como consecuencia de la querella interpuesta el 1 de agosto 2022 por l constructora Gyocivil por los presuntos delitos de estafa en continuidad delictiva, malversación y administración desleal o apropiación indebida. Sustancialmente se exponía en la extensa querella que por parte de los denunciados se habían llevado "una serie de actos delictivos destinados a frustrar maliciosamente el proyecto mediante la utilización de engaño" y obligando a la querellante a que realizase un importante desplazamiento patrimonial, habiendo además "un grosero despilfarro de caudales públicos procedentes de subvenciones de la Unión Europea".
La motivación se basaba en el cambio del equipo de gobierno del Ayuntamiento de El Puerto en el año 2015, que determinó, dada su postura contraria a la construcción de los parkings de Pozos Dulces y Plaza de Toros, retrasos injustificados en la obtención de licencias, paralizaciones y omisiones en la búsqueda de alternativas.
El juez se extraña de que las acusaciones solo afecten al periodo entre 2015 y 2019, ni antes ni después
En el auto de sobreseimiento el juez establece que "no resultan debidamente justificados la perpetración de los hechos denunciados que dieron motivo a la formación de la causa. Resulta llamativo que la actuación dilatoria y delictiva sólo se impute a un periodo concreto, en la época de 13 de junio de 2015 a 24 de mayo de 2019, cuando la ejecución ya acarreaba una serie de dilaciones que determinaron que en año y medio se elaboraran hasta cuatro adendas al contrato inicial modificando la fecha de ejecución".
Sobre la supuesta falta de diligencia por parte de Impulsa Aparca en la obtención de licencias y aprobaciones durante este periodo, se habla de "contradicción palmaria", pues "pese a que insiste en la querella sobre la identidad entre Impulsa Aparca, Impulsa El Puerto y el propio Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, son los funcionarios integrantes de los servicios técnicos de éste último los que en definitiva devolvieron la documentación o detectaron las carencias que determinaban la denegación de los permisos para las diferentes actuaciones, defectos y consecuente denegación que, por cierto, continuaron tras el cambio de gobierno municipal. Además la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía, esto es, otra administración, informó desfavorablemente la propuesta de construcción del aparcamiento en Plaza de Toros. Además, la dilación en la elaboración de proyectos, atendidas las obligaciones contractuales plasmadas en los contratos y sucesivas adendas, sólo puede ser imputable a la propia querellante, habiéndose puesto de manifiesto en distintas declaraciones el apoyo técnico que obtuvo del personal de Impulsa, apoyo inclusive de naturaleza administrativa. Todo ello conduce en la falta de acreditación de la conducta obstativa y dilatoria que se imputa por la querellante".
En cuanto a la supuesta ocultación de información de cara a conseguir financiación para el proyecto, el auto estima que "no era oculta ni secreta, todo ello a la vista de la documentación presentada por la defensa de David Javier de la Encina Ortega, que aporta acta de la Junta General de Impulsa El Puerto de 3 de junio de 2015 donde se expresa su alarma por la cuentas de Impulsa aludiendo a una sobrevaloración de los inmuebles".
Además, se recuerda que "tras el cambio de gobierno, en 2019, los impedimentos técnicos siguieron haciendo inviable la ejecución de la obra y determinaron la caducidad en 2021, dos años después, de la licencia".
Por último, se establece en el auto judicial que "no se ha detectado apropiación de fondos públicos ni procedentes de la Unión Europea ni desviación de fondos en ningún sentido tras el examen de la documental aportada y requerida".
Por todo ello "se acuerda el archivo del procedimiento, por no ser los hechos denunciados constitutivos de delito ni quedar justificada su perpetración, cuestión en que en su caso se debe dilucidar en el orden jurisdiccional correspondiente", concluye el juez.
El sobreseimiento no es firme aún y cabe recurso de reforma o apelación en los próximos días.
Una licencia que provocó la ruptura del pacto de gobierno
En 2016 el gobierno encabezado por David de la Encina concedía la licencia para el parking de Pozos Dulces, empezando su ejecución hasta que en 2019 Gyocivil ralentizó al máximo la obra, hasta pararla. Posteriormente siguió sin concluirse y el Ayuntamiento del Partido Popular, ya con Germán Beardo como alcalde, decidió declarar la caducidad de la licencia.
Hay que recordar que la concesión de la licencia de obras en 2016 le pasó factura al gobierno municipal encabezado por el PSOE, ya que supuso la ruptura del tripartito, puesto que la lucha contra los parkings había sido una de las banderas de los grupos que finalmente llegaron al gobierno municipal.
En relación también a la obra frustrada del aparcamiento en Pozos Dulces está pendiente aún de resolución una demanda millonaria que puso la promotora contra el Ayuntamiento e Impulsa El Puerto, por el carpetazo a la obra.
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