Diario del Carnaval

Las agrupaciones no podrán exhibir publicidad de alcohol en el COAC 2023

El anagrama de una marca de bebida alcohólica en la escenografía de la comparsa ‘Los quinquis’ en el COAC 2022.

El anagrama de una marca de bebida alcohólica en la escenografía de la comparsa ‘Los quinquis’ en el COAC 2022. / Román Ríos

Las grupos participantes en el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas que comenzará el próximo 19 de enero con la categoría de infantiles y el 21 con la de adultos, no podrán exhibir en el escenario publicidad de bebidas alcohólicas, como así lo han hecho muchos de ellos desde hace bastante tiempo. Así se lo ha recordado a los conjuntos inscritos la delegación municipal de Cultura y Fiestas a través de una circular.

Fuentes municipales confirman que el envío de la circular "surge ante las preguntas de varias agrupaciones sobre la posibilidad de exhibir anuncios de bebidas alcohólicas. Ante ello, el Ayuntamiento remite a la Ley 39/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, que es la que está vigente con sus respectivas revisiones y que marca las pautas para la publicidad. (Entre otras cuestiones, prohíbe publicitar bebidas alcohólicas, tabaco o casas de apuestas)". "Es decir, que ante las dudas planteadas, la Delegación de Cultura y Fiestas ha asumido un papel facilitador recordando y remitiendo a la normativa vigente para evitar que el incumplimiento de dicha normativa estatal pueda suponer algún problema a las agrupaciones", indican desde el Consistorio.

En la circular se hace saber a las agrupaciones que podrán disponer de patrocinadores publicitarios tanto en la escenografía como en la caja y el bombo, aunque “con estricta observancia” de una serie de condiciones. Entre ellas que no estarán permitidos los soportes que hagan referencia a alcohol, tabaco o casas de juegos y apuestas.

Cultura y Fiestas se basa en la citada Ley para recordar que los mensajes publicitarios deberán someterse al contenido de la misma.

Grupos punteros perderían importantes patrocinios con los que sufragan sus gastos

Ante esta situación, son varias las agrupaciones consideradas de las punteras que se verían perjudicadas económicamente al perder los ingresos derivados de la publicidad de bebidas alcohólicas, tan en boga en los últimos tiempos como patrocinadoras. Algunas de ellas habían apalabrado (o firmado) ya los emolumentos a percibir por la publicidad en el escenario y se pueden ver obligadas a buscar otro tipo de patrocinio que se permita por la citada Ley.

De la misma manera, estas firmas de bebidas con alcohol se verán abocadas a buscar otra manera de publicitarse a través de las agrupaciones, ya que solo podrán hacerlo en soportes no relacionados con la escenografía y los instrumentos citados. Esto es, fuera del Teatro Falla en otras actuaciones de los grupos.

Además de estas observaciones, la nota enviada a las agrupaciones deja claro que la publicidad mostrada “deberá guardar concordancia con lo que establezca en todo momento la normativa vigente en materia de publicidad en actos públicos”. De la misma manera se advierte que “no se podrá utilizar ni dejar oculto” con la publicidad de las agrupaciones “aquellos soportes publicitarios destinados a la explotación comercial por parte de este Ayuntamiento”.

Por último, Cultura y Fiestas recomienda que “por el propio bien de la escenografía y de la actuación, los elementos publicitarios que se incluyan no predominen sobre la propia estética del conjunto”.

Cabe recordar que en el último Concurso de Agrupaciones celebrado en la primavera de 2022 sí se permitió la publicidad de bebidas alcohólicas en el escenario.

Un precedente de multa a Onda Cádiz

La Ley General de Publicidad (LGP) prohíbe desde 1988 la publicidad en televisión de las bebidas alcohólicas con una graduación superior a 20 grados. De ahí que posiblemente esta sea la principal razón de este aviso a las agrupaciones, para evitar multas como la que el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) impuso a la televisión municipal Onda Cádiz por la emisión, durante el COAC 2014, de un anuncio de una marca de ginebra. Entonces, el sistema de seguimiento del CAA detectó una telepromoción de la marca insertada en directo en el transcurso del certamen.

En esta telepromoción, que además se emitió en horario protegido, tanto los presentadores del programa como un representante de la marca de la bebida, así como un miembro del jurado de unos premios patrocinados por la misma, publicitaron durante más de dos minutos las propiedades de dos tipos distintos de ginebra; una de 38,3 grados y otra de 40.

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