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Ayuntamiento de Cádiz

Los nuevos autónomos tendrán una bonificación del 20% de IBI

  • El Pleno del viernes aprobará la entrada en vigor de esta medida que propuso el PP en septiembre

El grupo municipal del PP, que propone estas bonificaciones de IBI, en un Pleno de este mandato municipal.

El grupo municipal del PP, que propone estas bonificaciones de IBI, en un Pleno de este mandato municipal. / Lourdes de Vicente

Aquellas personas que quieran emprender una nueva actividad laboral en la ciudad están de enhorabuena. El Pleno del Ayuntamiento aprobará el viernes la modificación de las ordenanzas reguladoras del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI), que entre otras medidas establecerá una bonificación para los inmuebles en los que comiencen la actividad nuevos autónomos, alcanzando la bonificación un 20% del impuesto (hasta un máximo de 300 euros anuales) y pudiendo solicitarse durante los tres primeros años de actividad del autónomo.

Esta bonificación ya fue aprobada en el pleno del pasado septiembre, y tras el período de exposición pública en el que no se ha presentado alegación alguna, este próximo viernes volverá al Pleno para su aprobación de carácter definitiva que permita incorporar estas medidas a partir del próximo ejercicio fiscal de 2020.

En concreto, responde a una propuesta que el PP ya hizo en la campaña de las municipales y que incorporó ese pleno a una moción del equipo de gobierno para bonificar los inmuebles que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

No obstante, la propuesta de los populares sí ha sido modificada, o matizada, por la Intervención Municipal. El PP proponía, en concreto, una bonificación “del 20% de la cuota íntegra del IBI en inmuebles para actividad emprendedora, donde un autónomo inicie su actividad económica por un período de tres ejercicios y con el mismo máximo de 300 euros anuales por inmueble”. Pero desde Intervención se señala que en base a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la bonificación debe estar amparada en el fomento de empleo para ser justificada. Y para ello, se ha añadido un nuevo párrafo que concreta aún más esa bonificación del IBI.

“El Ayuntamiento establece una bonificación del 20% durante tres ejercicios, con un importe máximo de 300 euros por inmueble, de la cuota íntegral del impuesto a favor de inmuebles en los que un autónomo inicie su actividad económica, cuando dicha actividad sea declarada de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento de empleo”, reza el artículo modificado.

A este respecto, Intervención concreta que esa declaración de especial interés o utilidad municipal “corresponderá al Pleno de la Corporación y se acordará previa solicitud del sujeto pasivo por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros”. Es decir, que cada petición de bonificación será elevada a Pleno para su aprobación.

Además, Intervención aclara que la bonificación no podrá otorgarse “cuando se haya ejercido la misma actividad anteriormente, ya sea como persona física o como titular directo o indirecto, del capital social de personas jurídicas”. Precisa también el órgano interventor del Ayuntamiento que esa bonificación, en cualquier caso, será siempre “a partir de los períodos impositivos siguientes a la fecha de la solicitud”, descartando así el carácter retroactivo de la bonanza fiscal. Y por último, añade también la ordenanza que esta bonificación para los autónomos “es incompatible con cualquier otra de este impuesto”.

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