Cádiz

El fiscal pide 8 años de prisión para Osuna y 10 para Rodríguez de Castro

  • La Fiscalía sostiene que los dos exdelegados de la Zona Franca nombrados por el PP cometieron un delito de malversación de caudales públicos "de especial gravedad" con el portal informático Rilco

La Fiscalía solicita 8 años de prisión para Miguel Osuna y 10 años para Manuel Rodríguez de Castro, ambos exdelegados de la Zona Franca de Cádiz nombrados por Gobiernos del PP. El escrito de calificación provisional del fiscal considera que esos dos procesados cometieron un delito de malversación de caudales públicos  relacionado con la puesta en marcha de un portal informático, denominado Rilco, destinado a servir de puente comercial entre países de ambos lados del Atlántico. El juez terminó la instrucción del caso Rilco en el verano de 2010. El PSOE, que está personado en la causa como acusación popular, presentó su calificación a principios del año pasado. Ahora llega la del fiscal y después vendrá el juicio.

Que el fiscal acuse a Rodríguez de Castro de malversación no sorprenderá a nadie. También lo acusa de otros delitos, de ahí los 10 años. El auto judicial que dio por finalizada la instrucción del caso ya explicaba que hay indicios de que a finales de 2000, Rodríguez de Castro, consciente de las dificultades que tenía para seguir en su cargo, guiado por un ánimo de lucro, se concertó con el matrimonio Leyva, con el que mantenía vínculos comerciales, con el fin de detraer para su beneficio particular fondos públicos. Y que el plan consistió en adjudicar la creación y desarrollo del portal Rilco a MFZ Services Income, una empresa creada ad hoc por los Leyva. La Zona Franca abonó por el portal 6,7 millones de euros. De ellos, MZF se llevó 4,2.

Que el fiscal acuse a Miguel Osuna de malversación sorprenderá, en cambio, incluso al propio procesado. Y es que el juez instructor apuntó en su auto que Osuna pudo cometer un delito de omisión del deber de perseguir delitos o de encubrimiento y aún fue más allá: el juez escribió en ese documento que descartaba que Osuna hubiese cooperado activamente con la supuesta malversación y descartaba también la existencia de fórmulas de ejecución del tipo penal en la modalidad de comisión por omisión.

Miguel Osuna y el PP entendieron así que el juez instructor le ponía una barrera infranqueable al fiscal, que éste ya no podía acusar a Osuna de un delito de malversación. Que el caso Rilco se quedaba, para Osuna, convertido en “agua de borrajas”.

Pero el fiscal ha considerado que los hechos que sostiene que realizó Osuna, e incluso los que anota como indicios el juez en su auto, encajan en un delito de malversación y que no le vincula el hecho de que el auto judicial se permita descartarlo.

A principios de marzo de 2001, Miguel Osuna sucedió a Rodríguez de Castro al frente de la Zona Franca de Cádiz. El juez explicaba en su auto que hay indicios de que Osuna decidió en un primer momento no abonar las cantidades de dinero comprometidas con MZF y retuvo en una cuenta mancomunada el importe hasta asegurar la correcta ejecución del contrato sobre el desarrollo del portal Rilco. Agregaba el juez que personal de Rilco llegó a advertir a Osuna de que MFZ estaba aportando al portal informático un programa copiado de otro que era de acceso libre en internet.

Osuna llegó a requerir a MZF sobre el alcance del trabajo que había realizado esa empresa hasta el momento y sobre la existencia de un subcontratación no autorizada, anotaba el juez. Agregaba que Camila Leyva le comunicó a continuación a Miguel Osuna que todo estaba correcto, pero que lo hizo mediante informaciones genéricas que el entonces delegado de la Zona Franca no comprobó pese a que ofrecían “claras sospechas”.

El juez señalaba que pese a recibir esa información sospechosa y sin solicitar información complementaria al personal especializado en la materia, Osuna decidió abonar las cantidades comprometidas con MZF. Los últimos pagos de la Zona Franca a esa empresa, que completaban los 4,2 millones de euros, fueron realizados a finales de 2002.

El fiscal estima que, atendiendo al valor de las cantidades sustraídas y al daño o entorpecimiento producido al servicio público,  Miguel Osuna y Manuel Rodríguez de Castro cometieron un delito de malversación de “especial gravedad”, lo que eleva hasta 8 años de prisión la pena que el Código Penal prevé para la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones.

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