Lomce y Ley Celaá

Protesta en el IES Fernando Aguilar por "la incoherencia" de no dar un título con la materia aprobada

  • El profesorado se acoge a su derecho de no conceder el certificado de la ESO a una alumna de FP Básica de Administrativo

  • La Ley Celaá prevé acabar con esta situación pues apuesta por dar directamente la titulación de Secundaria al terminar esta formación profesional

Una imagen de la protesta en el IES Fernando Aguilar.

Una imagen de la protesta en el IES Fernando Aguilar. / Lourdes de Vicente

Una madre, cacerola en mano, alza su voz en la puerta del IES Fernando Aguilar: "¿De qué sirve aprobar si el título no te lo dan?", se pregunta, lógicamente, para hacer visible una situación real, la de su hija y un grupo de alumnos de Formación Profesional Básica de Servicios Administrativos que tras finalizar con éxito sus dos años de formación han obtenido su titulación correspondiente pero no el certificado de la Enseñanza Secundaria Obligatoria al que también podrían optar al superar este ciclo. "¿De qué sirve aprobar si el título no te lo dan?", prosigue pregonando al compás de los golpes de menaje. Pero para responder a su pregunta habría que remontarse a los orígenes de los vaivenes de la última ley educativa con sus posteriores reformas que deja a criterio discrecional del equipo docente esta posibilidad.

"Nosotros tenemos 1.000 alumnos aquí y ojalá pudieran salir todos con su título de Secundaria. Lo que ocurre es que nosotros nos remitimos a la ley y la ley dice que de un alumno que curse con éxito su FPB tendrá su título correspondiente y, como algo excepcional, no sistemático, el título de la ESO si el equipo docente considera que el alumno ha adquirido esas competencias específicas", argumenta Nicolás Montero, director del centro gaditano objeto de la protesta de la madre de una de esas alumnas que ha logrado su titulación correspondiente pero no el certificado de la ESO.

"Resulta que mi hija, y varios alumnos FPB Administrativo, lograron el pasado junio aprobar el curso y nos enviaron a casa las notas y el título de FPB pero no el de la ESO que, como dice la ley, se puede dar cuando superas la FP Básica. Pero cuando en septiembre voy a Educación a reclamarlo me dicen que allí no lo tienen porque el instituto no lo ha pedido. Vuelvo al instituto y allí lo que me dicen que el profesorado considera que la niña no tiene las competencias suficientes y que si quiere el título de la ESO que vaya a la Escuela de Adultos. Para mí esto es una incoherencia porque no entiendo cómo no tiene las competencias si mi hija tiene todas las materias aprobadas. Mi hija y varios alumnos más, 5 o 6, que están en la misma situación, y es porque dos maestras no quieren", argumenta María del Carmen Delgado a las puertas del instituto.

Tanto la madre de la joven afectada como el director del instituto coinciden en citar la ley, y cada uno a su favor. Y el caso es que las imprecisiones de esta Ley, parece ser la causante de este cruce de pareceres. La ley Wert, de 2013, su aplicación en el curso 2014/15 y su posterior cambio de reglamentación. El asunto es simple. Con la Lomce, el Ministro José Ignacio Wert inventa la Formación Básica Profesional como alternativa a la ESO con el objetivo, en sus palabras, de “rescatar de la maldición del abandono escolar temprano a una parte significativa de nuestros jóvenes”. Lo que estaba previsto era que el alumno que superaba esta formación sólo obtenía su titulación correspondiente y la opción de realizar un examen (la reválida) para obtener el título de la ESO. 

Pero mientras que el calendario de implantación de la Lomce no se materializaba, el Ministerio de Educación aprobó de manera provisional por dos años que los alumnos que terminaran FP Básica podrían lograr la titulación en ESO si los docentes consideraban que habían adquirido los conocimientos, destrezas y actitudes mínimos de esta etapa durante el ciclo formativo. Sin embargo, ante la oposición de las comunidades educativas a las reválidas el entonces Gobierno de Mariano Rajoy dio marcha atrás y retiró la reválida de 4º de la ESO que era a la que los alumnos de FP Básica se tenían que presentar para obtener la titulación de Secundaria. Así, esa excepcionalidad por dos años se convirtió en una medida estable: "Los estudiantes que consiguieran el título de FP Básica podrán obtener el de graduado en ESO siempre que en la evaluación final del ciclo el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la ESO y adquirido las competencias correspondientes". 

Una discrecionalidad que ya ha causado quejas y protestas en otros lugares de nuestro país; de hecho, no es casual que la nueva ley Celaá quiera acabar con ella y, entre sus novedades para la Formación Profesional, pretende que el alumno que se gradúe en la Formación Profesional Básica (FPB) obtenga directamente el título de la ESO.

"Desde el centro respetamos y entendemos la protesta de esta madre, pero ahora mismo es la ley que tenemos. De hecho se lo hemos explicado aquí y también por escrito, incluso ella ha acudido a la Inspección que ha resuelto que nosotros hemos actuado acorde a normativa. Y es cierto que en este instituto, de hecho, de la misma hornada de esta alumna, se han dado titulaciones de la ESO a otros estudiantes, pero los que, como ocurre cada año, el profesorado, que está con ellos y los forma durante dos años, ha creído que estaban preparados. De todas formas, su camino no se acaba aquí. Tiene su titulación de FPB con la que puede acceder al grado medio y, si quiere, luego al grado superior y de ahí a la Universidad. O, bien, se puede presentar a la prueba extraordinaria para conseguir el título de la ESO o, esperar al año que viene que tendrá 18 años y cursar la opción para mayores de edad", explica Montero.

Sin embargo, Delgado, cuya hija tiene un 56% de minusvalía, padece "esclerosis múltiple" y se ha enfrentado "a muchas dificultades en estos dos años", considera que la alumna es merecedora del título de la ESO al haber aprobado las materias cursadas "y tiene derecho a obtener el título por este camino y no por ningún otro".

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