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Verano

Lo que dice la normativa laboral sobre trabajar con altas temperaturas o en una ola de calor

Operarios trabajan en una calle de San Fernando a pleno sol.

Operarios trabajan en una calle de San Fernando a pleno sol. / Román Ríos

Operarios que montan festivales en Cádiz a pleno sol a las dos de la tarde, vendedores ambulantes que arrastran neveras con bebidas para los bañistas en las playas, jornaleros que apuran las horas para obtener la máxima cosecha, camareros que van y vienen a ritmo frenético sin apenas tiempo para hidratarse, trabajadores que ponen los cimientos del próximo piso de lujo. Y la lista podría seguir. Hay una gran cantidad de empleados que durante las horas de máximo calor en verano es cuando trabajan a pleno rendimiento.

La muerte de un trabajador de limpieza y la de un mecánico en Madrid, por sendos golpes de calor, han activado todas las alarmas a nivel nacional. Los anómalos registros de los termómetros, en muchos puntos los más altos del histórico, se ceban con personas de avanzada edad, con niños y con los que trabajan a pleno sol o en lugares poco aclimatados.

Pese a la tregua en el inicio de la tercera semana de julio, las cifras serán de récord en los días siguientes. Por lo que el debate sobre los derechos laborales de las personas empleadas que conviven a diario en su trabajo con 40 grados al sol está más candente que nunca.

¿Hay una ley que regula trabajar con temperaturas extremas?

679 personas han muerto en la última semana por la intensa ola de calor, según Sanidad. Algunas perecieron durante el ejercicio de sus funciones laborales, lo que hace obliga a reflexionar a las autoriades sobre la legislación laboral.

La normativa sobre las condiciones ambientales óptimas para un trabajador se recoge en el decreto 486/1997 . Hay sorpresa. Solo se especifica la temperatura ideal para empleos de oficina, no hay rastro de aquellos que son al aire libre.

De esta manera, los trabajos de oficina deben realizarse a temperaturas de entre 17º y 27º. Y los  considerados ligeros entre 14º y 25º. Respecto a la humedad relativa, esta deberá situarse en porcentajes del 30% al 70%.

La mención expresa a los trabajos al aire libre llega en el artículo 6, casi al final del Anexo III. Aquí lo único que se dice es que: "deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo".

¿Se puede parar la actividad laboral en caso de riesgo?

Por su parte, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995, aunque no habla sobre casos de golpes de calor, sí que es clara acerca de situaciones en las que la salud del trabajador esté en riesgo. 

El artículo 21 de esta normativa dedicada a los riesgos graves dice que los trabajadores pueden interrumpir su actividad en caso de riesgo grave e inminente. "En este supuesto no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro", concreta la ley.

El punto 2 de este artículo, especifica todavía más cuál es la posición de un empleado ante una situación extrema como podría ser trabajar durante una ola de calor en condiciones precarias. "El trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud", asegura. 

Aún así, son normas sujetas a interpretación, no existe una mención expresa sobre qué hacer ante temperaturas extremas, ya que hasta ahora ninguna ley en España ha regulado las condiciones de trabajo en el exterior. 

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