Alerta naranja en Cádiz por una ola de calor: ¿se puede faltar al trabajo o acabar la jornada antes?
Los trabajadores no podrán ausentarse de su trabajo por iniciativa propia
El aviso de la AEMET por la ola de calor en Cádiz sube a naranja: máximas de 41,5 grados
Cádiz arranca julio bajo una intensa ola de calor que ha obligado a activar la alerta naranja por altas temperaturas. Las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) apuntan a máximas por encima de los 40º grados en buena parte de la provincia, lo que ha llevado a muchos ciudadanos a preguntarse si es legal faltar al trabajo o reducir la jornada en estas circunstancias. La respuesta se encuentra en el reciente Real Decreto-ley 4/2023, que incluye medidas concretas para proteger a los trabajadores ante episodios de calor extremo.
Este nuevo marco legal, que modifica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, establece que las empresas deben adaptar las condiciones laborales cuando exista un riesgo grave para la salud de los empleados por causas meteorológicas. En concreto, el artículo 21 del decreto recuerda que los empleadores están obligados a suspender o reorganizar las tareas si las condiciones climáticas suponen un peligro inminente, como pueden ser temperaturas extremas durante una ola de calor.
Además, se especifica que los trabajos al aire libre, o en entornos donde no pueda garantizarse una temperatura segura, deben ser evaluados de forma especial. Si se alcanzan umbrales críticos —como los que prevé la AEMET en el nivel naranja—, las empresas tienen la obligación de modificar los horarios de trabajo, reducir la duración de las jornadas o directamente paralizar la actividad.
Según el Ministerio de Trabajo, el incumplimiento de estas medidas puede constituir una infracción muy grave, especialmente si se pone en riesgo la vida o la salud de los trabajadores. En el caso de que el empresario no adopte las medidas preventivas necesarias, el trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad sin que ello implique una sanción ni una pérdida salarial, tal como establece el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, reforzado por el nuevo decreto.
No obstante, la normativa no permite al trabajador ausentarse del trabajo por iniciativa propia únicamente por el hecho de que haya una alerta naranja. La decisión debe estar respaldada por una evaluación de riesgos previa o por la falta de actuación por parte del empleador. Por tanto, no se trata de un permiso automático, sino de una herramienta legal para garantizar la seguridad cuando se vulneran las condiciones mínimas de protección.
En el caso de Cádiz, con temperaturas previstas por encima de los 40 °C en municipios del interior como Jerez de la Frontera o Medina Sidonia, y una sensación térmica elevada incluso en zonas costeras, muchas empresas del sector agrícola, la construcción o el transporte ya estén pensando en la reorganizando turnos y horarios.
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