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Desaparece el Libro de Familia, ¿y ahora qué?

  • Después de más de cien años, el Gobierno quita de la circulación el ya tradicional libro de familia y lo sustitute por una base de datos virtual

Ejemplar de un Libro de Familia

Ejemplar de un Libro de Familia / D.C. (Cádiz)

Lo mismo que en su día una tarjeta casi llegó a sustituir el libro de Familia Numerosa, ahora le ha tocado la vez al Libro de Familia, un documento que viene acompañándonos a los gaditanos y españoles, general, desde hace más de cien años

Fue allá por noviembre de 1915 cuando el entonces conocido como Ministerio de Gracia y Justicia de Alfonso XIII expedía por primera vez este archivo familiar. Pues en días pasados, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ordenaba la retirada de la circulación a estos libros de familia que poco han evolucionado desde aquel entonces.

El principal fin de este libreto tan casero y con muchos de sus partes manuscritas era recoger la relación de parentesco entre cónyuges, padres e hijos, así como las defunciones. Más tarde plasmaron también tanto las adopciones como las separaciones o divorcios.

¿Y ahora qué va a pasar después de esta retirada?

Realmente hace ya diez años, el presidente Zapatero planteó esta desaparición o sustitución de este familiar documento por una base de datos virtual, a la que los ciudadanos podrán tener acceso. Pero no ha sido hasta este viernes pasado, 30 de abril, cuando se ha hecho efectiva esta orden con su aparición definitiva en el BOE.

Eso sí, que este tipo de documentos no vuelvan a imprimirse no significa que los ya expedidos pierdan su valor. Es decir, toda aquella familia que tenga aún este documento podrá seguir utilizándolo en sus gestiones y cada vez que le sea requerido, por ejemplo a la hora de demostrar en un aeropuerto que viajas con tus hijos o bien a la hora de inscribirte en algunos hoteles, pero no se podrá ya obtener con la fómrula física conocida hasta ahora.

De momento poco a trascendido sobre el método para inscribir una boda, un fallecimiento o un nuevo nacimiento o adopción, pero todo apunta a que el método seguirá siendo el mismo, de manera que habrá que seguir dirigiéndose al Registro Civil para aportar, en el caso de nacimiento, un documento sanitario acreditativo del parto o cualquier papel que demuestra cualquiera del resto de casos para los que sirve  el ya desaparecido Libro de Familia. Se supone que cuando ahora se dé de alta alguna modificación en el seno de la familia habrá algún tipo de usuario y password para acceder a esa base de datos desde la que se podrá imprimir cualquier documento acreditativo.

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