San Fernando

La Audiencia de Cádiz condena a 14 años de cárcel al acusado por el crimen de la Casa Micolta en San Fernando

El acusado por el crimen de la Casa Micolta, en el momento de llegar a la Audiencia Provincial para el juicio.

El acusado por el crimen de la Casa Micolta, en el momento de llegar a la Audiencia Provincial para el juicio. / Jesús Marín (Cádiz)

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 14 años de cárcel al hombre acusado de maltratar y matar a su pareja sentimental en una vivienda de la localidad de San Fernando en el mes de mayo de 2019, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado. El hombre, que en un principio se enfrentaba a 25 años de prisión por un delito de asesinato, ha sido finalmente condenado por un delito de homicidio, lo que le ha valido una importante rebaja en la pena finalmente impuesta. 

En la sentencia, fechada el día 10 de noviembre, la Audiencia condena al acusado a doce años y seis meses de prisión y cinco años de libertad vigilada por un delito de homicidio con la agravante de parentesco; a nueve meses de cárcel por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, y a otros nueve meses de prisión por un delito de hurto, así como a que indemnice a los dos hijos de la víctima con un total de 62.000 euros por los daños y perjuicios originados y con 400 euros por los efectos sustraídos de la vivienda de la fallecida.

La sentencia recoge como hechos probados que el acusado y la víctima se encontraban juntos en la vivienda de ella, un piso social de la Casa Micolta de San Fernando, la noche del 11 de abril de 2019 cuando, en un momento dado, "y con la excusa de que le iba a dar un masaje en la espalda", el hombre la agarró "fuertemente" del cuello cuando se encontraba realizando el masaje y, sin que se pudiera defender, "le apretó, cortándole la respiración hasta casi hacerle perder el conocimiento, siendo la fuerza empleada y la presión a la que la sometió de tal intensidad que, al intentar ella librarse, le ocasionó un derrame ocular", todo lo cual constituye el delito de malos tratos por el que ha sido condenado a nueve meses de cárcel.

Asimismo, el jurado consideró probado que, el día 20 de abril de 2019, y convencida por unos conocidos que observaron el derrame, la mujer acudió a Urgencias de un centro hospitalario de San Fernando, donde el médico que la atendió, al observar a la paciente y escuchar lo que ésta le contó, activó el protocolo de asistencia a víctimas de violencia de género. Entonces unos agentes de la Policía Nacional se personaron en lugar e instaron a la mujer a que presentara una denuncia y les comunicara los datos del agresor.

Muerte por asfixia

En este sentido, la víctima les facilitó el número de teléfono del procesado y les enseñó la fotografía de perfil que tenía en una red social de Internet, de forma que los agentes pudieron realizar las primeras averiguaciones, las cuales resultaron infructuosas, ya que llegaron a hablar con el condenado pero éste cortó todo contacto de inmediato. Además, los policías acompañaron a la mujer a su domicilio "debido a la sensación de inseguridad que tenía ante la posibilidad de encontrarse" al encausado en su vivienda, pues "no descartaba que pudiera tener llaves para entrar a su casa o estuviera en las inmediaciones".

Entre el 7 y el 8 de mayo de 2019, el condenado accedió a la vivienda de la víctima con el propósito de "acabar con su vida". Fue al dormitorio principal, se colocó "a horcajadas sobre ella" y la "asfixió utilizando para ello una almohada". Tras matarla, el hombre registró la vivienda en busca de objetos de valor y se apoderó de diversos efectos que allí se encontraban, valorados en más de 400 euros; a continuación, se marchó del lugar y cerró la puerta desde el exterior llevándose las llaves.

El 8 de mayo de 2019, y "con ánimo de obtener dinero con dichos bienes", el acusado acudió a un establecimiento de Cádiz y vendió diversos efectos sustraídos de la vivienda de su pareja.

El ahora condenado ya fue denunciado por otra pareja en marzo de 2019 por unos hechos similares. La mujer sufrió una agresión por asfixia que no llegó al “desenlace fatal” de este caso.

Con anterioridad a la celebración del juicio, el acusado consignó la cantidad de 15.578,93 euros en favor de los dos hijos de la víctima, aunque el jurado consideró que dicha cantidad "era manifiestamente insuficiente en relación al daño originado y lo que le pudiera corresponder".La Audiencia de Cádiz ha impuesto al acusado doce años y medio de cárcel por el delito de homicidio con la agravante de parentesco -delito penado con entre diez y quince años de cárcel, aunque la agravante de parentesco hace que la pena deba imponerse en su mitad superior, de doce años y medio a quince años de prisión-. Asimismo, a la hora de fijar la pena se ha tenido en cuenta el reconocimiento de los hechos por parte del procesado, quien además pidió perdón en la vista e ingresó antes más de 15.000 euros en favor de los perjudicados, "lo que demuestra aún de forma mínima un esfuerzo reparador".

El magistrado presidente del jurado y ponente de la sentencia ha sido Luis de Diego Alegre, que fue asistido en la vista por la Letrada de la Administración de Justicia Carmen Cabrera. El abogado de la acusación particular fue Alberto Prián y la abogada de la defensa, Amelia del Castillo.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios