Tres meses sin carné al conductor de una ambulancia por un choque al ir a una urgencia
La sentencia dice que el vehículo sanitario no respetó la prioridad de paso de otro coche en un cruce
La Audiencia Provincial de Cádiz ha desestimado el recurso del conductor de una ambulancia contra la sentencia que lo condena a pagar una multa de 180 euros y le priva del permiso de conducir durante tres meses por una colisión en la que se vio involucrado cuando se dirigía a atender una urgencia. El choque se produjo en Valdelagrana el 12 de marzo de 2010. La ambulancia llevaba puesta la sirena pero el juez, al que respalda la Audiencia, considera que el conductor no respetó la prioridad de paso que tenía en un cruce el conductor del otro vehículo.
La infracción, explica la sentencia, consistió en no ir atento a la conducción y omitirse las precauciones exigibles por las circunstancias del lugar, por tratarse de intersección regulada por semáforos. Si bien la ambulancia iba prestando un servicio de urgencias, y llevaba activadas las luces y la sirena de emergencias, la circulación en el lugar del accidente "era densa, y el conductor de la ambulancia debió en todo caso cerciorarse de que los usuarios de los otros vehículos se disponían a facilitar su paso", argumenta la resolución, que también condena a la compañía aseguradora de la ambulancia a indemnizar al conductor del otro automóvil con 4.983 euros.
En la ambulancia viajaban como ocupantes los miembros del personal sanitario adscrito a tal vehículo, que se dirigía a atender una urgencia para la que había sido requerido tal servicio por el centro Penitenciario Puerto 2. Un coche se cruzó en su trayectoria tras respetar éste el semáforo que le afectaba y reanudar la marcha, en un cruce con la carretera por la que circulaba la ambulancia.
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