Provincia de Cádiz

El juez respalda a una trabajadora que demandó a la Diputación de Cádiz por cesión ilegal para "abaratar" salarios

Placa en una de las oficinas del Servicio  Provincial de Recaudación.

Placa en una de las oficinas del Servicio Provincial de Recaudación. / J.P.

El Juzgado de lo Social número 1 de Cádiz ha estimado la demanda interpuesta por una empleada contra la Diputación de Cádiz y la empresa Asesores Locales Consultoría (ALC), S.A. por cesión ilegal de trabajadores, de manera que se le ha reconocido su derecho a adquirir la condición de personal laboral fijo de la Institución Provincial bajo la categoría profesional que venía ostentando en el Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria "con los derechos económicos inherentes a una antigüedad acumulada desde el 7 de mayo de 2013".

La resolución judicial, dictada el pasado 15 de mayo, expone que la empresa Asesores Locales Consultoría, S.A. tiene, entre otros cometidos, el asesoramiento en la gestión recaudatoria de las entidades públicas

En agosto de 2017, se formalizó entre la Diputación de Cádiz y esta sociedad un contrato para la prestación del servicio de asistencia técnica al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria. Transcurrido más de un año, en octubre de 2018, la demandante fue subrogada a este departamento.

En mayo de 2019, prosigue la sentencia, la Inspección Provincial del Trabajo y Seguridad Social "extendió acta de infracción" contra ALC tras una actuación inspectora iniciada el 14 de noviembre de 2018 por "cesión ilegal de mano de obra" a la Diputación; una cesión que tenía como "evidente finalidad la minoración de salarios de los trabajadores contratados por la cedente".

Iniciado pues el expediente sancionador a raíz del acta de inspección, la Consejería de Empleo impuso a dicha empresa una sanción de 6.251 euros. Asimismo, la Junta multó a la Diputación de Cádiz en idéntica cuantía, aunque el Gobierno provincial recurrió, sin éxito, la multa.

La sentencia que estima las pretensiones de la demandante explica que tanto los empleados de Diputación como el personal laboral de ALC utilizaban las mismas herramientas informáticas en el mismo centro de trabajo, sito en el Edificio Europa de la Zona Franca de Cádiz. "Existía una confusión entre las plantillas de Diputación y ALC", pues "prestaban servicio en el mismo espacio", "codo con codo", "no había ningún elemento diferenciador entre ellos".

Además, los trabajadores de ALC "ostentaban tanto números de teléfono como direcciones de correo electrónico corporativos, habilitados y proporcionados por la Diputación". 

"Particularmente revelador fue el uso de aplicativos y el hecho de ostentar claves de acceso propias de la Diputación -a través de programas como OBSERVA y DECRETOS-, que son los ordinariamente utilizados por el personal funcionario en el dictado de decretos y resoluciones", subraya el juez, que añade además que "cualquier incidencia informática era solventada por una empresa de Diputación, Epicsa".

De otra parte, la asignación de trabajos, verificación y fiscalización de los mismos, así como la autorización de vacaciones eran funciones desempeñadas "por los técnicos de Diputación", ya que "no existían coordinadores técnicos en ALC que cumpliesen esa labor", detalla la resolución judicial. 

Todos estos argumentos han llevado al magistrado titular del Juzgado de lo Social 1 de Cádiz a concluir que es "la falta de medios personales/humanos la razón esencial, no de una externalización del servicio, sino de una clara cesión ilegal de mano de obra por mor de un abaratamiento de costes de la Administración, al ser abonado un salario muy inferior al correspondiente al personal funcionario que realizaba idénticas funciones bajo el mismo órgano de dirección, supervisión y control, con la consiguiente consecuencia de infracotización".

El 7 de junio de 2019, la trabajadora presentó ante el Centro de Mediación Arbitraje y ConciliaciónCMAC, papeleta de conciliación frente a ALC en materia de cesión ilegal, que se celebró sin efecto el siguiente 4 de julio. Ese mismo día, presentó ante la Diputación de Cádiz reclamación previa en el mismo sentido, que fue desestimada. Por eso acudió a los tribunales.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. 

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