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Tribunales

51 condenas rebajadas y 8 excarcelados en Cádiz por la ley del ‘sólo sí es sí’

Manifestación en Galicia contra la Ley de Garantía Integral de Libertad  Sexual.

Manifestación en Galicia contra la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual. / Raúl Lomba (Europa Press)

La Audiencia Provincial de Cádiz ha rebajado hasta la fecha 51 condenas por delitos sexuales tras la entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’. Asimismo, de esas 51 revisiones a la baja, 8 han acabado con la excarcelación del condenado.

Estos son los datos recopilados de las tres Secciones Penales (Primera, Tercera y Cuarta) de la capital gaditana y de las Secciones desplazadas en Jerez (Octava), Algeciras (Séptima) y Ceuta  (Sexta), a los que ha tenido acceso este periódico.

Entre los beneficiados con una reducción de la pena, así como entre aquellos que han sido puestos en libertad tras aplicarles la nueva legislación se encuentran diferentes perfiles de delincuentes sexuales, esto es, condenados por agresión sexual, por abusos sexuales y también casos de pederastia. Así, recientemente ha quedado libre un sacerdote, ex capellán castrense, condenado por violar y abusar de la mujer de un amigo.

A este más de medio centenar de condenados favorecidos por la ley del ‘sólo sí es sí’ hay que sumar, además, todos aquellos asuntos que se están juzgando en la actualidad, en los que se suele aplicar la polémica ley. “Normalmente, es la que se tiene en cuenta por ser la más beneficiosa para el acusado. Ahora bien, hay casos en los que es más gravosa. Esto ocurre, por ejemplo, cuando el procesado es la pareja o ex pareja de la víctima. En esos supuestos, se aplica la legislación anterior a la ley del ‘sólo sí es sí’ por ser, nuevamente, la más favorable al reo. Eso sí, siempre y cuando los hechos ocurrieran antes que la entrada en vigor del ‘sólo sí es sí”, explican fuentes judiciales consultadas por este medio.

Esas mismas fuentes se muestran muy críticas con determinados aspectos de la normativa que ahora regula los delitos sexuales. “Hay un subtipo atenuado en los abusos sexuales a menores cuya pena es una multa, cuando antes suponía siempre una pena de prisión”.

Respecto al consentimiento, la nueva ley dice que todo acto sexual sin consentimiento expreso será considerado una violación, por eso elimina la distinción entre agresión sexual y abuso. “No tiene ningún sentido ese debate”, dicen las fuentes jurídicas ya citadas. “El consentimiento siempre ha sido el eje del cualquier delito sexual, lo era incluso en la época de Franco”.

“Para los jueces es muy frustrante lo que está ocurriendo con la ley del ‘sólo sí es sí’, pues bajamos condenas que nosotros mismos hemos impuesto. Además, estamos hablando de delitos especialmente graves. Es terrible saber que algunos beneficiados, como pueden ser ciertos pederastas, van a reincidir cuando vuelvan a la calle”, lamentan personas del ámbito jurídico de la provincia de Cádiz.

Ese sentimiento de frustración se acrecienta, aseguran, con un trámite cuanto menos delicado de la nueva ley, que consiste en localizar a la víctima y darle audiencia para comunicarle la rebaja o la excarcelación de su agresor. “En ese momento ella puede opinar, decir lo que piensa, pero claro, qué va a decir, el beneficio se aplicará en cualquier caso”.

Las mismas fuentes concluyen que las rebajas y excarcelaciones de condenados por delitos sexuales con el ‘sólo sí es sí’ “se podrían haber evitado”. “Se ha hecho una nueva ley sin necesidad de ello. La legislación anterior no dio problemas, sólo hubo una alarma ficticia por el caso de la Manada, cuyos acusados, no olvidemos, fueron condenados finalmente por el Tribunal Supremo como autores de un delito de agresión sexual y no de abusos. Por muchas leyes que se hagan, siempre habrá sentencias mejores y sentencias peores. Para eso, precisamente, están los recursos, para corregir. No es necesario crear un nuevo código”.

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