Tribunales Cádiz

Condenado en Cádiz por violar y agredir a su esposa y pegar al hijo que intentó defenderla

  • El hombre también la amenazó con enviarle un sicario como medio para solucionar el régimen de visitas tras divorciarse

  • La Audiencia de Cádiz le ha impuesto 11 años y ocho meses de prisión

Ilustración de Miguel Guillén.

Ilustración de Miguel Guillén.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a la pena total de once años y ocho meses de prisión a un hombre por violar a su esposa, amenazarla con mandarle a un sicario, agredirla y llegar a pegar a uno de los hijos que tenían en común cuando el menor intentó defenderla. Para el tribunal de la Sección Tercera, el acusado es responsable de un delito de agresión sexual, dos delitos de violencia sobre la mujer, un delito de violencia doméstica y un delito continuado de amenazas leves sobre la mujer.

A la hora de dictar las penas de cárcel, el tribunal de la Sección Tercera, encargado de juzgar el caso, ha tenido en cuenta los problemas que padecía el procesado como consecuencia del consumo de alcohol, lo que ha supuesto una sensible rebaja en la condena finalmente impuesta.

La resolución judicial, que no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, explica que el ahora condenado mantuvo una relación sentimental durante 27 años, de los que 11 estuvo casado, con una mujer, fruto de la cual tuvieron tres hijos, todos menores de edad a la fecha de los hechos que han quedado probados.

El matrimonio se divorció de mutuo acuerdo en 2012. A pesar de la ruptura, el encausado siguió visitando el domicilio familiar, si bien, precisa la sentencia, "la pareja ya no compartía el dormitorio conyugal desde hacía bastante tiempo".

A finales del invierno de 2005, prosigue la resolución, ella se encontraba con una amiga en un bar cuando él se presentó en el local e iniciaron una discusión. El marido la obligó a regresar al domicilio familiar y, una vez allí, tras propinarle "tortazos, patadas y empujones", la violó mientras ella lloraba y le manifestaba que le causaba dolor físico. 

En el año 2012, cuando la víctima estaba durmiendo en el dormitorio de invitados de la vivienda familiar, él la agredió. Ella le suplicó que parara, logró zafarse y salió corriendo hasta el dormitorio de uno de sus hijos, en el que se refugió.

Asimismo, consta acreditado que en las Navidades de 2012, fecha en la que ya se había formalizado el divorcio, ella estaba con unos amigos cuando él se presentó a recogerla y regresaron juntos al domicilio familiar. Entonces el procesado empezó a recriminarle que le gustaba uno de esos amigos y que se vestía como lo hacía para él. Acto seguido, le retorció el brazo y la obligó a entrar en el dormitorio.

En 2013, cuando se encontraba toda la familia al completo (ambos progenitores y los tres hijos) en la casa sentados a la mesa cenando, el hombre empezó a susurrarle a la mujer graves insultos, como "puta" o "zorra", que llegaron a ser escuchados por los niños, hasta el punto que uno de los menores se levantó de la mesa y le espetó a su padre "desgraciado". Tras ello, el procesado alcanzó a su hijo a pocos metros, le propinó un fuerte empujón que lo desplazó contra la pared y lo cogió con ambas manos por el cuello presionando. El padre desistió de su actitud ante los lloros de los otros hijos y tras los intentos de apartarlo de la madre. 

Este episodio marcó un antes y un después en la denunciante. Ella, dijo, estaba dispuesta a olvidar todo lo sucedido, pero esa noche su ex marido "rebasó una línea roja que no podía tolerar", la agresión a uno de sus hijos en presencia de sus hermanos. A partir de aquí, decidió denunciarlo y llevarlo a juicio.

Por último, también ha quedado acreditado que en dos ocasiones, en septiembre y octubre de 2013, el ahora condenado llamó a la víctima por teléfono y la amenazó con contratar a un sicario y enviárselo como medio para solucionar la situación del régimen de visitas con los hijos. Dicha manifestación causó temor y  angustia en la mujer, que terminó colgando el teléfono. 

Durante la celebración de la vista oral, el encausado negó los hechos que se le imputaban y alegó que su relación era "ideal", "de enamorados". También negó que tuviese problemas con el alcohol. Sin embargo, la sentencia detalla que el acusado tiene antecedentes penales por conducir bajo los efectos del alcohol. Es más, el convenio regulador de divorcio recoge que durante el ejercicio del régimen de visitas pactado, "en ningún caso el padre trasladará a los menores en un vehículo conducido por él". Una cláusula, aduce el tribunal, "ciertamente extravagante que no puede tener otra explicación que la existencia cierta de un serio problema" de alcoholismo.

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