La Audiencia de Cádiz devuelve la fianza impuesta a dos huelguistas del metal para evitar la prisión

El tribunal considera que el auto dictado por el Juzgado de Instrucción 4 de Cádiz carece de motivación, no valora la situación personal de los trabajadores ni argumenta el riesgo de fuga

Más noticias de tribunales en Cádiz

Un contenedor ardiendo durante la primera jornada de huelga del metal en Cádiz.
Un contenedor ardiendo durante la primera jornada de huelga del metal en Cádiz. / Jesús Marín

Los trabajadores del metal de la provincia de Cádiz secundaron varias jornadas de protestas entre los meses de junio y julio de este año en el marco de la renovación de su convenio colectivo por falta de acuerdo con la patronal. Durante el desarrollo de esas movilizaciones se produjeron varios altercados violentos entre la Policía y los manifestantes, sobre todo en la primera jornada de huelga indefinida, el 18 de junio, cuando una marcha en la capital gaditana terminó con contenedores quemados, lanzamientos de piedras y botellas y cortes de calles.

La Policía Nacional abrió la Operación Fuego para investigar lo sucedido y más de una veintena de trabajadores fueron detenidos por atentado contra la autoridad, daños y desórdenes públicos. Entre los arrestados, al menos siete tuvieron que hacer frente al pago de una fianza para evitar el ingreso en prisión provisional decretado por el Juzgado de Instrucción número 4 de Cádiz. Un huelguista abonó 40.000 euros de fianza; otros cinco manifestantes, 15.000 euros; y el último, 4.000. En total, 119.000 euros que fueron pagados en pocas horas gracias a la recaudación solidaria de los trabajadores del metal y a la caja de resistencia de los sindicatos convocantes.

En cada uno de los autos dictados para acordar la medida de libertad bajo fianza, la magistrada argumentaba que los implicados habían tomado parte en "actividades violentas" desarrolladas de forma simultánea a "las manifestaciones pacíficas de los trabajadores de la huelga del metal". A partir de las fotografías y de las grabaciones incluidas en el atestado policial, la jueza confirmó que algunos operarios utilizaron "instrumentos peligrosos, como botellas de vidrio o piedras de grandes dimensiones, para lanzarlas contra el mobiliario público, contra vehículos y contra miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que estaban actuando en la zona".

Por ello, acordó la prisión provisional eludible mediante fianza sobre la base del artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para "asegurar la presencia" de los investigados ante un posible "riesgo de fuga". Según la jueza, los hechos revestían "una extrema gravedad" y "una violencia innecesaria", ya que "las legítimas protestas por la huelga del metal se podrían haber realizado sin necesidad de destrozar el mobiliario público, bienes de propiedad privada y, sobre todo, sin atentar contra la integridad de unos agentes que se encontraban ejerciendo sus funciones en defensa de la ciudadanía y del orden público", razonó.

Los recursos

Dos de los autos que dictaminaban libertad bajo fianza de 15.000 euros para dos manifestantes fueron recurridos ante la Audiencia Provincial de Cádiz (después se recurrirían los demás). Entre otros motivos, los abogados defensores alegaron que la magistrada no ofreció "una motivación individualizada de la situación procesal" de cada uno de los huelguistas, limitándose a "una exposición genérica aplicable a varios investigados".

Los letrados también valoraron que la jueza "no argumentó de manera suficiente el riesgo de fuga" ni tuvo en cuenta "el arraigo y la falta de antecedentes penales" de los trabajadores detenidos. Asimismo, ponderaron que no había posibilidad de destruir pruebas, ya que constaban en las actuaciones. Por ello, solicitaron dejar sin efecto la fianza, así como la adopción de otras medidas cautelares "menos gravosas", como la libertad con cargos y la obligación de firmar en sede judicial los días 1 y 15 de cada mes.

Pues bien, la Audiencia de Cádiz ha estimado esos dos de los recursos de apelación y ha anulado las respectivas fianzas de 15.000 euros impuestas a los trabajadores del metal, por lo que el dinero que depositaron para evitar la cárcel les será devuelto.

El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia considera que el auto del Juzgado de Instrucción 4 de Cádiz carece de motivación para acordar la prisión bajo fianza. "No consta referencia alguna a la situación familiar, laboral y económica" de los investigados "ni por ende a la incidencia sobre el riesgo de fuga" que pudiera derivarse de las posibles penas a imponer.

Asimismo, prosigue la Audiencia, "no se razona sobre la cuantificación de la fianza carcelaria", cuando la misma ha de fijarse teniendo en cuenta dos criterios: el de la suficiencia en relación con la naturaleza del delito y las circunstancias de la persona y el criterio de proporcionalidad.

Por ello, el tribunal ha estimado, de momento, los recursos de dos huelguistas, si bien fuentes judiciales consultadas por este periódico han confirmado que el resto de recursos presentados por otros manifestantes que abonaron sus fianzas para quedar en libertad serán resueltos en el mismo sentido, esto es, con el reintegro de la misma, la obligación de comparecer en sede judicial los días 1 y 15 de cada mes y tantas veces como sean requeridos y la prohibición de salir del territorio nacional. 

Por ahora, no se ha hecho efectiva la devolución de estas dos fianzas de 15.000 euros a los trabajadores del metal.

stats