Tribunales Cádiz

El TSJA rebaja de 13 a 10 años de cárcel la condena al autor de una violación en Villamartín

  • El agresor accedió a la vivienda de la víctima mientras ésta dormía

Panorámica de la localidad serrana de Villamartín, donde sucedieron los hechos.

Panorámica de la localidad serrana de Villamartín, donde sucedieron los hechos. / Ramón Aguilar

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rebajado de 13 a 10 años de prisión la pena impuesta a F.R.R. por violar a una mujer en su propia casa, en Villamartín, en marzo de 2018. El Alto Tribunal andaluz ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa del agresor, de ahí la reducción de la condena.

En la sentencia de primera instancia, dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz en marzo de 2020, se recogen como hechos probados que el 24 de marzo de 2018 F. violó a una mujer de 64 años de edad en su vivienda de Villarmartín, donde entró a la fuerza mientras ella dormía.

El hombre accedió a la casa de la víctima portando un cuchillo en la mano y unos calzoncillos en la cabeza con los que ocultaba su rostro. Subió hasta la tercera planta, donde se encontraba el dormitorio de la mujer, la despertó y comenzó a violarla ante la amenaza de que otra persona subiría y advirtiéndola de que "no le pasaría nada" si hacía lo que le pedía.

Tras agredir sexualmente a la mujer, F. volvió a coger el cuchillo y le preguntó a la víctima si tenía dinero en la casa. Así, se apoderó de 450 euros que la mujer guardaba en un bolso en el salón.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al procesado a la pena de 13 años de prisión por un delito de agresión sexual y como autor de un delito leve de lesiones, le impuso la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de seis euros. Asimismo, la Sección Octava lo condenó por un delito de robo con intimidación a cuatro años y tres meses de prisión, además de al pago de una indemnización a favor de la damnificada de 14.865 euros por las lesiones sufridas más 450 euros por la cantidad sustraída.

Frente a esta sentencia, la defensa de F. interpuso un recurso de apelación que finalmente ha sido estimado parcialmente por el TSJA, que ha confirmado la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz, con la única salvedad de reducir la pena principal impuesta al apelante por el delito de violación de 13 a 10 años de prisión, manteniendo los restantes pronunciamientos de la sentencia de primera instancia.

El Alto Tribunal andaluz considera que en este asunto no concurre el subtipo agravado del número 5º del artículo 180.1 del Código Peal, que agrava notablemente la pena por violación “cuando el autor hace uso de armas u otros instrumentos igualmente peligrosos”. El TSJA argumenta que en este caso F. no empleó el cuchillo que portaba para perpetrar la agresión sexual. Se desprendió del arma durante la violación y, una vez que consumó el acto, retomó el arma para ejecutar el posterior robo. 

F.R.R. se encuentra en prisión por estos hechos desde el 31 de mayo de 2018. 

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