Penas mínimas zanjan una paliza a dos personas en la feria de Trebujena
Condenados cinco vecinos del pueblo por una agresión tras un tropezón accidental
Cinco vecinos de Trebujena han aceptado en la Audiencia Provincial de Cádiz penas mínimas por su participación en una paliza que recibieron dos personas que se encontraban en el recinto ferial de esa localidad en las fiestas patronales de agosto de 2008. Todo comenzó con un tropezón accidental que uno de los agredidos tuvo con uno de los procesados. El primero pidió disculpas al acusado, pero éste respondió con un empujón y encarándose, relata la sentencia. El segundo de los agredidos intervino para mediar y recibió un botellazo en la cara. Los dos agredidos intentaron huir pero entonces los otros cuatro acusados se les echaron encima.
Les cayeron puñetazos, patadas y hasta otro botellazo en la cabeza. Uno de los agredidos, J., sufrió lesiones de importancia en la cara, tardó 68 días en curar con incapacidad y le quedaron secuelas: parálisis de un nervio facial, varias cicatrices e imposibilidad para mover una ceja. La sentencia explica que no consta que el segundo agredido sufriese lesiones, esto es, que recibió unos cuantos golpes pero no tan importantes jurídicamente como para considerar que quien se los dio cometió un delito, sino una falta.
El relato de la sentencia de conformidad, pactada entre el fiscal y los abogados defensores y admitida por los procesados, indica que el acusado que no aceptó las disculpas y desencadenó lo que vino después padece un retraso mental moderado asociado a un trastorno disocial limitado al ámbito familiar; también trastornos específicos del desarrollo. A pesar de tener disminuida su capacidad intelectiva, explica la resolución, es capaz de discernir el bien del mal. Sin embargo, agrega, tiene dificultad para controlar sus impulsos y no es capaz de prever las consecuencias de sus actos, según los informes aportados.
Ese procesado ha sido condenado, por un delito de lesiones a dos años de prisión y, como alternativa, a someterse a tratamiento adecuado a la anomalía psíquica que padece y a ser custodiado por su familia durante cinco años. La sentencia también le impone, como responsable de una falta de malos tratos, una multa de 20 días con cuota diaria de 9 euros.
Otro procesado, M.L.B., nacido en 1981, ha sido condenado a un año y tres meses de prisión por un delito de lesiones. A los tres acusados restantes (E.G.C., nacido en 1987; E.A.G, en 1984, y F.L.N.M., en 1986) la sentencia les impone a cada uno una multa de 30 días con cuota diaria de seis euros como responsables de una falta de lesiones.
La resolución también condena a los procesados a indemnizar al agredido J. con distintas cantidades. El acusado que padece una anomalía psíquica debe darle 18.000 euros. Los otros tres, solidariamente, una indemnización de 150 euros. M.L.B. ya había indemnizado a J. con 1.000 euros.
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