La Junta presenta la nueva orden de vedas con ligeros cambios
Las principales medidas incluyen modificaciones en los periodos de caza para las palomas, zorzales y estorninos
La Consejería de Medio Ambiente aprobó mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las modificaciones de la Orden General de Vedas para la temporada de caza 2008-2009. Esta disposición, cuya tramitación se adelantó respecto a años anteriores para facilitar la planificación de la práctica cinegética, establece las vedas, periodos hábiles y zonas para el aprovechamiento de las distintas especies, al tiempo que recoge las modalidades, excepciones y limitaciones para especies concretas, así como medidas preventivas para su control.
El objetivo de la orden se centra en mejorar la gestión, conservación y fomento de las especies cinegéticas, y posee un carácter permanente. Por ello, tras proceder al estudio de los censos poblacionales de las distintas especies, de las condiciones meteorológicas imperantes en las últimas temporadas y de diversa información científica y técnica, la Administración ambiental ha determinado que no existen causas excepcionales que justifiquen una modificación sustancial de la misma.
De este modo, los cambios introducidos se han limitado a ligeros ajustes en los periodos hábiles de especies como la paloma torcaz. Ésta, tras proceder a la modificación del artículo tres de la Orden, se podrá cazar la presente temporada todos los días de la semana desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 6 de octubre y el 8 de febrero. A partir del 1 de enero, sólo podrá cazarse desde puesto fijo.
Asimismo, el artículo cuatro introduce variaciones en los periodos hábiles correspondientes al zorzal y el estornino pinto. La modificación supone que sólo se podrán cazar los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 3 de noviembre y el 1 de febrero, excepto en la zona costera de Cádiz, donde será desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 6 de octubre y el 1 de febrero
Los límites de la mencionada zona costera de la provincia de Cádiz también han sido modificados, con el objetivo de definir claramente su demarcación geográfica y facilitar las tareas de vigilancia en esta franja del litoral andaluz.
Finalmente, se ha dispuesto a partir de esta temporada la publicación anual de las fechas de apertura y cierre correspondientes a los periodos hábiles de caza establecidos para las distintas especies. Con esta iniciativa se atiende la demanda de una parte importante del sector cinegético y se evitan posibles interpretaciones erróneas de las fechas que han de regir cada temporada.
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