Condenado a 44 años de cárcel el asesino del ex policía de Algeciras

El tribunal considera autor a Francisco Luque de otros cuatro delitos de detención ilegal y dos de atentado a agentes

El condenado, Francisco Luque, en primer término de espaldas, durante una de las jornadas del juicio.
El condenado, Francisco Luque, en primer término de espaldas, durante una de las jornadas del juicio.
D. C. / Algeciras

10 de octubre 2012 - 05:01

La sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a Francisco Luque por el asesinato el 20 de julio de 2009 de Juan Montiel, policía nacional en situación de segunda actividad en el momento de su fallecimiento. El tribunal ha impuesto una pena de 17 años de cárcel al acusado por dar muerte a la víctima, aunque el fallo se eleva hasta los 44 años de prisión en total.

Así sucede porque se considera probado que Luque, tras el asesinato, también cometió cuatro delitos de detención ilegal (12 años de cárcel por ello) y dos de atentado contra agentes de la autoridad que incluyeron ocho tentativas de homicidio, lo que significa una pena de 15 años.

Se trata de un caso que concitó gran difusión en su día puesto que el ya condenado se atrincheró en su domicilio de El Rinconcillo y se hizo necesaria la intervención de agentes del Grupo Operativo Especial de Seguridad del Cuerpo Nacional de Policía, el GOES.

La Audiencia establece como hechos probados que aquel 20 de julio de 2009, sobre las nueve de la noche, Luque accedió al domicilio de Montiel, su vecino, y le causó la muerte tras dispararle dos tiros. Lo hizo "pese a la relación de amistad que mantenían, por hallarse convencido de que no le estaba prestando ayuda en los problemas que tenía con una marroquí con la que había contraído matrimonio".

Los jueces califican su acción como asesinato por entender que concurre el agravante de alevosía. "La víctima se encontraba de espaldas, desprevenida y ocupada en la reparación de su vehículo en el garaje de su casa", mencionan.

Según dictamina la sentencia, con posterioridad al asesinato, el procesado regresó a su vivienda y se apostó en la terraza, desde donde encañó y retuvo a un vecino que acudió al lugar alertado por lo sucedido y a otros tres que paseaban por la zona. Eran dos mujeres, a las que dejaría irse, y dos hombres, que lograron escapar. De estas circunstancias nace la pena de cuatro delitos de detención ilegal.

Siguiendo el relato de los hechos del tribunal, a continuación llegó una primera dotación policial y el acusado disparó contra tres policías nacionales. Luego llegó una segunda dotación y Luque volvió a disparar a un agente "cuando advirtió que (el policía) intentaba acceder al fallecido".

Como consecuencia de estas acciones, la Audiencia fija un delito de atentado a agentes de la autoridad, agravado con uso de armas y en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio en grado de tentativa.

El otro delito de atentado de agentes de la autoridad -agravado también con uso de armas e igualmente en concurso ideal de, asimismo, cuatro tentativas de homicidio- se refiere a un ataque posterior del acusado contra, en este caso, agentes del GOES. La sentencia indica que fue necesaria la intervención de este grupo especial sobre las cinco de la madrugada "tras el fracaso de las negociaciones para que depusiera su actitud". También se considera probado que durante el asalto el acusado disparó contra cuatro de los goes.

El tribunal, por lo tanto, no atiende a la versión que ofreció Luque durante el juicio, es decir, que mató a Montiel por accidente tras dispararse su escopeta "sola" mientras la limpiaba.

Y, sobre todo, también rechaza la petición de la defensa de libre absolución por entender que el procesado no estaba en uso de sus facultades mentales en el momento de los hechos.

El castigo máximo que cumplirá Luque es de 25 años de cárcel en virtud de lo que establece el Código Penal.

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