Niegan discriminación por su origen en el caso de una arquitecta argentina afincada en El Puerto
El Consejo Superior de los Colegios Oficiales de Arquitectos de España (CSCAE) aclara que su actuación se fundamenta en la existencia de vicios de legalidad en la homologación de su título
Una arquitecta argentina afincada en El Puerto denuncia discriminación por su procedencia
El Consejo Superior de los Colegios Oficiales de Arquitectos de España (CSCAE) ha querido aclarar algunas cuestiones referentes a la denuncia pública realizada el pasado mes de septiembre por una arquitecta argentina afincada en El Puerto, Alicia Castro, que denunciaba discriminación por su nacionalidad tras un recurso presentado por el organismo profesional contra la homologación de su título en España.
El CSCAE recuerda que tiene como misión fundamental "velar por los intereses de la Arquitectura y del conjunto de los profesionales arquitectos colegiados en España, garantizando que el ejercicio de la profesión se realice con las debidas garantías de calidad y seguridad, protegiendo así el interés general".
Por ello, consideran que "es inexacta la idea que se traslada sobre la presunta discriminación por nacionalidad o procedencia, pues las acciones emprendidas por este CSCAE se fundan en Derecho y se enmarcan estrictamente en el ejercicio de nuestra función de representación, legal y estatutariamente reconocida".
El Consejo Superior rechaza rotundamente cualquier acusación de trato discriminatorio o inquina hacia los arquitectos extranjeros y aseguran que "nuestra actuación se fundamenta exclusivamente en la existencia de vicios de legalidad sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos exigidos por la normativa vigente en relación la orden de homologación de Alicia Castro Tomaino. Por ello, y en el marco de nuestro Estado de Derecho, la posibilidad de interponer recursos contra las órdenes de homologación en vía administrativa está plenamente amparada por el ordenamiento jurídico, concretamente en los principios que rigen la actuación administrativa y garantizan el control de legalidad y su función revisiora, tal como se deriva del artículo 103 de la Constitución Española (CE), que establece que la Administración sirve con objetividad a los intereses generales y se somete a la Ley y al Derecho".
También recuerdan que "los efectos del silencio administrativo, en este caso en su vertiente estimatoria, para la suspensión de la ejecutividad de la orden de homologación recurrida, como tal acto administrativo, se produce por ministerio de la ley, conforme lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), debiendo emitir de oficio la Administración los correspondientes certificados acreditativos de silencio administrativo. Por tanto, en el presente caso, por la administración competente se expidió el correspondiente certificado acreditativo de silencio administrativo positivo del acuerdo de suspensión de ejecución de la resolución recurrida, dándole traslado del mismo a la afectada".
Asimismo, en respuesta a las declaraciones de Alicia Castro sobre la supuesta discriminación y la idea de que "no quieren extranjeros ejerciendo la Arquitectura en España", el CSCAE subraya que "existen numerosos profesionales extranjeros, tanto comunitarios como extracomunitarios, que están colegiados y ejercen profesionalmente en España con normalidad, luego no se trata de ningún pretendido trato discriminatorio, sino simplemente del ejercicio de las correspondientes acciones que, conforme a nuestro Estado de Derecho, se pueden accionar al apreciar vicios de legalidad frente a cualquier acto administrativo".
El CSCAE lamenta el perjuicio que esta situación pueda causar a Alicia Castro y recuerda que su función "se limita a cuestionar la legalidad de un acto administrativo (la homologación) que afecta al interés público, y justamente en ejercicio de la función de representación del colectivo profesional de los arquitectos que a este CSCAE le corresponde, sin que en ningún caso exista animadversión personal ni discriminación por procedencia", concluyen.
Cabe señalar que este periódico se puso en contacto con el Consejo antes de publicar el artículo para recabar su versión de los hechos, sin haber obtenido respuesta.
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