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Cádiz

En punto muerto

  • Los diferentes criterios del Ayuntamiento y la Junta al aplicar la normativa mantiene paralizada la clausura del cementerio de San José

Uno de los conflictos que mantienen el Ayuntamiento de Cádiz y la Junta de Andalucía, que lleva camino de convertirse en eterno, es el de la clausura del cementerio de San José, con las asociaciones de Memoria Histórica y SOS Bebés Robados de espectadores a la espera de conseguir que se atiendan sus reclamaciones de exhumaciones. Dos lecturas jurídicas diferentes que hacen que los futuros proyectos para este espacio se mantengan en punto muerto.

El camposanto gaditano, situado en un lugar privilegiado frente a la playa de la Victoria, dejó de realizar enterramientos tras su cierre en enero de 1992, coincidiendo con la apertura del Mancomunado de Chiclana. Tras 23 años, no hay visos, por las posturas de ambas administraciones, de que el cementerio pase a ser historia en un corto plazo de tiempo.

El origen de las discrepancias entre los gobiernos local y autonómico está en la interpretación que realizan ambas de la normativa que regla la actividad de los cementerios, el Decreto 95/2001 del 3 de abril del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuaria de Andalucía.

Según la argumentación ofrecida por parte de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Cádiz no necesita de ninguna autorización de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales para realizar las exhumaciones de los restos que quedan en San José, algo que apuntan desde la Administración andaluza que ya ha sido comunicado al Consistorio.

El artículo de la controversia es el número 48, que establece el procedimiento para la clausura de un cementerio. El proceso se marca en el primer punto, que establece en primer lugar que se debe hacer la "suspensión definitiva de enterramiento previa Resolución del delegado provincial de la Consejería de Salud, a petición del Ayuntamiento o del titular del cementerio", algo que ya se realizó en 1992.

Posteriormente, una vez que pasen 10 años desde el último enterramiento, "el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de clausura definitiva, que conllevará la exhumación y posterior inhumación o cremación de los restos en otro cementerio".

Para ello, el Ayuntamiento o el titular del camposanto está obligado a informar con tres meses de antelación como mínimo a través del BOE, el BOJA, el BOP y el periódico provincial de mayor tirada "a fin de que las familias de los inhumados puedan adoptar las medidas que su derecho permita".

Ya en su segundo punto, el artículo 48 establece que una vez cumplido todo el procedimiento anterior, será el delegado provincial de la Consejería de la Salud el que dicte "la clausura definitiva, pudiendo ser exhumados los restos cadavéricos existentes".

A partir de ahí, la Junta indica que se está limitando a aplicar la normativa al considerar, a partir del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuaria, que las exhumaciones deben ser previas a la clausura.

Por este motivo, la Administración andaluza señala que en estos momentos está a la espera de la comunicación por parte del Consistorio de la resolución de las peticiones realizadas tanto por SOS Bebés Robados como por la asociación de Memoria Histórica para que, posteriormente, se emita la resolución de clausura definitiva por parte de la Junta. Además, se asegura que se ha solicitado la información de los procesos al Ayuntamiento para que se cumpla lo marcado por la Ley de Memoria Histórica y el convenio con SOS Bebés Robados.

Asimismo, dentro de la normativa, también se apunta el artículo 23 que la exhumación de restos cadavéricos -que son aquellos que quedan tras pasar cinco años de la muerte, por lo que no necesita autorización de la Delegación de Salud al no existir ningún tipo de peligro- se pueden exhumar con la autorización del órgano competente del cementerio de acuerdo con las Ordenanzas Municipales y el Reglamento de Régimen Interior.

Por su parte, el Ayuntamiento sostiene en su versión, en primer lugar, que el Consistorio, según lo que dicta el artículo 48 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuaria es la administración competente para realizar las exhumaciones de oficio a partir de la clausura.

Con esta premisa, fuentes municipales argumentaron que la decisión del Gobierno local fue solicitar la clausura definitiva del cementerio de San José. Así, apuntan que en un principio, las peticiones de exhumaciones se estaban realizando previa autorización judicial. Sin embargo, resaltan desde el Consistorio que en las últimas fechas los jueces no han dictado más resoluciones judiciales permitiendo dichas exhumaciones. Para ello, la muestra está en una desestimación realizada por parte de la Audiencia Provincial de Cádiz el pasado verano de una petición de exhumación de un bebé fallecido en el hospital Puerta del Mar en julio de 1982 al justificar que "no es viable por la cadena de custodia".

Por ello, el Ayuntamiento considera que con la clausura definitiva se le habilita para hacer las exhumaciones, por lo que se firma el convenio con SOS Bebés Robados y, según la versión municipal, se asume el compromiso de para realizar la retirada de los restos tras la clausura del camposanto.

El Consistorio explica que, una vez pedida la clausura a la Delegación de Salud, la respuesta de esta es que se deben resolver las solicitudes de exhumaciones, aunque en una reunión posterior se asegura que "no hay problema" para que se hagan tras el cierre.

Por ello, recalca el Ayuntamiento que este extremo se contempla en el convenio con SOS Bebés Robados, a pesar de su creencia que se puede realizar antes de la clausura, lo que apunta que ha sido rebatido por los informes jurídicos del Consistorio y Cemabasa.

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