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Tribunales

La jueza sigue adelante con la causa por prevaricación contra Navarro

  • Considera que hay indicios de que se ha podido producir el delito al haberse cedido espacios “de manera unilateral y sin control” en la Casa de Iberoamérica

Fachada de la Casa de Iberoamérica, edificio gestionado por la sociedad municipal Cádiz 2012.

Fachada de la Casa de Iberoamérica, edificio gestionado por la sociedad municipal Cádiz 2012. / Germán Mesa

El Juzgado de Instrucción número 1 ha decidido no archivar la causa por un presunto delito de prevaricación que se lleva contra David Navarro, edil del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz y presidente del consejo de administración de Cádiz 2012, sociedad municipal que gestiona la Casa de Iberoamérica.

Cabe recordar que esto surge a raíz la denuncia que lideró el entonces portavoz de Ciudadanos, Juan Manuel Pérez Dorao, y se basaba en la exención del pago de la tasa de alquiler de la Casa de Iberoamérica que decidía presuntamente de manera unilateral Navarro, sin consultar al consejo de administración o a la junta general. Esto, a juicio de la denuncia, ha originado una importante merma económica a la sociedad municipal.

La Fiscalía elevó un informe en el que pedía que la causa se archivara porque no apreciaba dolo ni delito por estos hechos. Sin embargo, la jueza del número 1 de Instrucción determina que no puede producirse el sobreseimiento de las actuaciones. Así, en el auto dictado por la jueza, María del Carmen Fornell Fernández, se dice que “existen indicios de la cesión gratuita de espacios de la Casa de Iberoamérica por el investigado de manera unilateral y sin control del consejo. De hecho, según lo que aparece en el propio documento judicial, David Navarro reconoce dos cesiones al menos en 2016 y dice no recordar lo de 2017.

De hecho, el que fuera concejal del PSOE y actual subdelegado del Gobierno, José Pacheco, en su declaración dijo que “decía el presidente sobre la aplicación de las tarifas y que pese a decirse en las reuniones que había que adoptar un criterio, no se hizo, llegando a pedirle información al respecto sin que se la diera”.

Por ello, la jueza estima que ante la inexistencia de un listado de tarifas formalmente aprobado, vendría actuándose “según uno orientativo impuesto por la costumbre y heredado de la anterior corporación municipal y actuando sin un procedimiento específico que rigiera las cesiones de espacios”.

En el auto se especifica que pese a estas carencias y falta de un mecanismo de control eficaz, “existen indicios de que el señor Navarro pudiera estar actuando al margen del consejo de administración cuando actuaba unilateralmente, sin que se aplicaran esas tarifas orientativas y sin atender a los requerimientos del consejo para que informara sobre las actividades y las tarifas aplicadas”.

Por todo ello afirma que “existen indicios de que el investigado era quien, al parecer, decidía al respecto sin atender a los requerimientos de revisar las tarifas, cobrarlas y suministrar la información que sobre ello se le solicitaba”.

El auto se hace referencia a una resolución de la Audiencia Provincial del 10 de diciembre de 2019 en el que se explicó que la omitió del procedimiento legalmente establecido” ha sido considerada como una de las razones que pueden dar lugar a la existencia de un delito de prevaricación porque las pautas establecidas para la tramitación del procedimiento a seguir en cada caso tienen la función de alejar los peligros de la arbitrariedad”. En este caso, otro de los indicios que observa la jueza contra David Navarro es que podría haber ejercido “competencias que no tiene atribuidas”.

En el auto se refleja que no procede el sobreseimiento de las actuaciones “vista las irregularidades aparecidas y la imposibilidad de excluir la conciencia de antijuricidad en el investigado”. Esto último se ha producido por los requerimientos que se han hecho a David Navarro para que informara sobre las cesiones y las exoneraciones realizadas para que revisara las tarifas y procediera a su cobro y “haber hecho caso omiso de tales requerimientos y actuado al margen de los mecanismos establecidos”.

Por último, también se refiere a “la alegada negativa a entregar información al grupo municipal Ciudadanos” en relación a las cuentas y propuesta de disolución de la sociedad Cádiz 2012. En este sentido, tampoco pudo realizar el adecuado control de la gestión que se venía haciendo de las cesiones y cobros derivados del uso de los espacios públicos.

A pesar de que ha decidido que no se produzca el sobreseimiento de la causa, contra este auto se puede presentar un recurso de reforma.

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