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Suceso

Un conductor borracho choca con varios coches, huye del lugar y lo encuentran intentando aparcar en su casa en Cádiz

Estado en que quedó el vehículo tras el choque.

Estado en que quedó el vehículo tras el choque. / Policía Local Cádiz

La Policía Local de Cádiz ha informado a través de sus redes sociales de un suceso ocurrido el pasado viernes.

Según la cuenta en Facebook del cuerpo, esa noche recibieron una llamada alertando de la colisión de un turismo de alta gama, que había causado daños a otros vehículos que estaban estacionados en la calle Santa Rafaela María. Tras el choque, el conductor emprendió la huida.

Varios indicativos de la Policía Local comenzaron la búsqueda del infractor, que finalmente fue localizado mientras intentaba estacionar en las inmediaciones de su domicilio. Esta persona, que presentaba síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas según los agentes intervinientes, fue trasladada a la Jefatura, donde las pruebas de alcoholemia arrojaron una tasa que triplicaba la legalmente establecida, siendo por ello instruidas las diligencias oportunas.

¿Cuál es la tasa de alcohol permitida para conducir?

Para evitar problemas, la tasa 0,0 de alcohol suele ser lo ideal. No obstante, la DGT permite registrar unos valores mínimos tanto en sangre como en aire espirado y superarlos ya nos puede acarrear problemas de diferente índole.

La tasa de alcoholemia representa el volumen de alcohol que hay en la sangre y se mide en gramos de alcohol por cada litro de sangre (g/l) o su equivalente en aire espirado.

De acuerdo con la legislación actual, las tasas de alcoholemia permitidas para los conductores en España son las siguientes:

  • Conductores en general: 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado
  • Noveles y profesionales: 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado

En lo que respecta a multas, las sanciones pueden variar entre 500 y 1.000 euros, y de 4 a 6 puntos menos. La tasa máxima de alcohol para conductores noveles y profesionales es 0,15 mg/l en aire espirado. Para el resto de conductores es de 0,25 mg/l y, si se superan 0,60 mg/l, es un delito. De otras drogas, cualquier presencia en el organismo es motivo de sanción.

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