El Tribunal Supremo estudiará este miércoles la condena del alcalde de Cádiz, José María González, Kichi, por responsabilizar a la exalcaldesa Teófila Martínez y el exconcejal Ignacio Romaní de la distribución de agua contaminada durante días en el barrio de Loreto en 2014, según una información firmada por Alberto Pozas en Madrid que publica hoy en su web la Cadena Ser. Los jueces, con el magistrado Miguel Colmenero como ponente, estudiarán el recurso del regidor de Adelante Cádiz. La Fiscalía también pide que sea absuelto.
El origen de este caso se remonta a 2016 cuando José María González y sus concejales se dirigieron a vecinos y periodistas desde la sede de la Confederación de Empresarios de la ciudad para exponer un informe de la empresa municipal Aguas de Cádiz: los ponentes responsabilizaron a la anterior administración local del Partido Popular de suministrar agua contaminada durante varias semanas a los vecinos del barrio de Loreto entre septiembre y octubre de 2014.
En un primer momento, el juzgado de lo penal 5 de la ciudad optó por la absolución pero después la sección cuarta de la Audiencia de Cádiz condenó al alcalde por un delito de calumnias con publicidad. Le impuso una multa de 5.400 euros y 3.000 euros de indemnización para la exalcaldesa y el exconcejal del PP. El Supremo estudiará este miércoles el recurso del actual alcalde, que ha recibido el apoyo de la Fiscalía del alto tribunal, adhiriéndose al recurso presentado por el letrado Juan Domingo Valderrama.
En primera instancia la magistrada Esther Burgos entendió que las declaraciones de Kichi no realizaban imputaciones criminales ni a la exalcaldesa ni al expresidente de la empresa municipal y que, además, estaban amparadas por la libertad de expresión al ser crítica política. Fueron "manifestaciones genéricas" y, según el juzgado de lo penal, "dichas expresiones constituyen manifestaciones del ejercicio de la crítica política en relación a circunstancias y actuaciones de interés".
Fue la Audiencia Provincial de Cádiz, con el magistrado Juan Sebastián Coloma como ponente, la que optó por condenar al regidor por un delito de calumnias al entender que fue una rueda de prensa "evidentemente descalificadora y ofensiva al imputar a los querellantes hechos muy graves cometidos de manera deliberada, de modo que rebasa con mucho el legítimo ámbito de la libertad de expresión, e información".
El caso se deliberará este miércoles en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a puerta cerrada sin que asistan los letrados y con el magistrado Miguel Colmenero como ponente de la sentencia, asegura la Cadena Ser.
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