El SAS, condenado por el tardío diagnóstico de un cáncer de mama
El fallo critica la falta de pruebas a una mujer de 34 años que se detectó un bulto
Paradojas de la vida, en estos días en que asistimos a una nueva campaña gubernamental, alertando de la necesidad de que haya una detección precoz para poder atajar los casos de cáncer de mama, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) acaba de ser condenado precisamente por lo contrario.
La afectada es una joven gaditana que, en el momento de ocurrir los hechos, en el año 2004, contaba con 34 años, a la que tardaron en diagnosticarle casi dos años un cáncer de mama. Una demora que a la postre provocó la extensión del tumor, lo que obligó a extirparle por completo el pecho afectado.
El caso ha sido llevado por el abogado José Luis Ortiz Miranda, adscrito a los servicios jurídicos del Defensor del Paciente en Cádiz, habiendo conseguido que el Juzgado de lo Contencioso 1 de Sevilla haya estimado parcialmente el recurso presentado por la víctima contra el SAS. El fallo declara la responsabilidad patrimonial de la Administración, a la que condena a abonar a la mujer 60.000 euros.
La joven , tras autoexplorarse y detectarse un bulto en una mana, acudió en octubre de 2004 al ambulatorio Cervantes a su médico de cabecera, quien le mandó a una cita con el especialista para que le realizaran mamografía. Se la hicieron un mes después, y la médico le dijo que no había ningún problema, pero que se hiciera una revisión a los seis meses. En mayo de 2005, tras una nueva consulta, le realizaron una nueva mamografía, comunicándole que no había problema alguno y que volviera al año.
Finalmente, en junio de 2006, acudió de nuevo. Y fue entonces cuando se le realizó una exploración visual y manual, siendo remitida al Hospital Puerta del Mar, donde ya le diagnosticaron un carcinoma de mama. En ese tiempo, según su abogado, el tumor creció de 5 a 14 centímetros, siendo ya necesario extiparle toda la mama.
En el fallo, el Tribunal considera "llamativo" que en el ambulatorio no le realizaron otras pruebas, como la exploración manual, pese a insistir la mujer en que tenía un bulto, dado que no es el primer caso que la mamografía no detecta nada. Y es que, resalta la sentencia, "no podemos obviar la masiva información dirigida a las mujeres ante lo cruento de la enfermedad". Y ello, "exige de la Administración una respuesta adecuada"
La víctima pedía una indemnización de 216.000 euros, pero el Juzgado sostiene que, en su historial clínico, no ha quedado acreditada una invalidez total, por lo que considera que 60.000 euros es una cantidad adecuada para indemnizar la tardanza en el diagnóstico, la extirpación total que acabó sufriendo y las secuelas físicas que le han quedado, con dolor y amenaza de lifema en el brazo.
La afectada considera la cantidad del todo insuficiente. No en vano no ha podido volver a trabajar. Cocinera de profesión, en su caso está totalmente desaconsejado que cargue con el peso de cazuelas u ollas. Con todo, las peores cicatrices las tiene por dentro. A duras penas ha logrado asumir lo que le ha ocurrido. Y sólo se aviene a contarlo, aunque ocultando su identidad, para que a otras mujeres no les pase lo mismo.
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