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Los tribunales y el Ayuntamiento de Cádiz

La Audiencia también rechaza la denuncia sobre el caso de los chiringuitos

  • Desestima la apelación de Juan Manuel Pérez Dorao tras el archivo de la actuaciones por parte del juzgado de instrucción

Uno de los chiringuitos abierto en la playa de Cádiz

Uno de los chiringuitos abierto en la playa de Cádiz / Lourdes de Vicente

La Audiencia Provincial ha dado el carpetazo definitivo al caso de los chiringuitos y el proceso de explotación de estos equipamientos de las playas de la ciudad.

En un auto al que ha tenido acceso este diario, la Audiencia ha rechazado la apelación que contra el archivo del caso, por parte del juzgado de instrucción, habían presentado los entonces concejales de Ciudadanos Juan Manuel Pérez Dorao y María Fernández Trujillo.

En el documento judicial se desmontan los argumentos presentados por los dos denunciantes en su apelación y que son especialmente críticos con la actuación del Ministerio Fiscal, cuando afirman que lo relevante de todo este caso es “si el resultado prohibido por la Ley que los intervinientes perserguían se ha alcanzado y que los empresarios agraciados con la media han visto modificadas sus condiciones de ocupación de la playa”.

Deja claro el auto de la Audiencia que los apelantes no han negado lo que en su momento mantuvo la Fiscalía y el auto del juzgado de instrucción respecto a si ha habido o no transmisión de los títulos de concesión, a la vez que advierte que "ha de tenerse en cuenta que no es suficiente en el delito de prevaricación la contradicción con el Derecho, sino que para que una acción sea calificada como delictiva será precioso algo más, que permita diferencias las meras ilegalidades administrativas y las conductas de infracción legal".

Indica que "una resolución ilegal no es, solo por ser ilegal, una resolución injusta" y concluye que "el que los empresarios provisionalmente puedan explotar los chiringuitos conforme a las nuevas condiciones, no supone que se haya podido producir un delito de prevaricación", lo que lleva a la Audiencia a desestimar el recurso de apelación.

Lo cierto es que el informe del Ministerio Fiscal del pasado mayo de 2019 ya había sido muy elocuente, al considerar que nunca se produjo la trasmisión de la titularidad denunciada por los entonces ediles de Ciudadanos.

En su momento la Fiscalía valoró la argumentación ofrecida por el Ayuntamiento en el sentido de que "se entiende que las transmisiones no habían tenido lugar porque lo que confiere la delegación territorial es una autorización que debe ir acompañada del correspondiente negocio jurídico de transmisión para ser efectiva, negocio que no se produjo".

En este sentido, el auto de la Audiencia recuerda que "los expedientes iniciados por los titulares o empresas que explotan los chiringuitos ante la Junta de Andalucía para la modificación sustancial del título concesional no han sido resueltos".

El referido escrito de la Fiscalía tampoco entendía por qué la denuncia iba exclusivamente dirigida a la figura del alcalde, José María González, a la vez que resaltaba que "en la medida en que (los chiringuitos) siguen pagando el canon y el Ayuntamiento ingresándolo no ha sufrido perjuicio patrimonial alguno. Además, existen indicios, como las declaraciones de los empresarios, en las que se afirma que no fue la intención del investigado (el alcalde) de que la transmisión produjera pérdida de ingresos en las arcas municipales", como en su momento llegaron a plantear públicamente los denunciantes.

El su momento el alcalde afirmó a este diario: "¿Prevaricación, malversación? ¡Por favor! Todo estos no se correspone con la realidad. Que tengan claro que sólo me mueve el interés general de los gaditanos y gaditanas".

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