Todas las multas, infracciones y sanciones posibles al navegar con un velero en Cádiz
La ley contempla castigos económicos desde los 500 hasta los 120.000 euros para aquellos que no cumplan la normativa
Rescatan a los tripulantes de un velero que encalló esta madrugada en Chipiona
La navegación con veleros en Cádiz es una constante durante todo el año, algo que se incrementa todavía más en época veraniega. El pasado sábado, una pareja encalló su embarcación en Chipiona, precisando la intervención de Salvamento Marítimo y la Guardia Civil. En una etapa donde crece el uso de embarcaciones recreativas en las aguas gaditanas, crecen las dudas acerca de cuál es la normativa. Las multas por cometer infracciones a bordo de barcos varían dependiendo del tamaño y la gravedad de la situación. La horquilla de las sanciones económicas es amplia, desde los 500 euros hasta los 120.000 euros.
Algunas de las infracciones administrativas más comunes que se recogen en el BOE tienen que ver con incumplimiento de seguridad, navegar más allá de los límites o fondear sin el permiso de las administraciones competentes. Normalmente, un velero de uso recreativo no excede lo de 24 metros de eslora. Por lo que la cuantía de las multas con algunas infracciones no alcanza cuantías económicas tan altas ya que la ley hace una división entre buques de hasta 45 metros de eslora y entre aquellos otros que sobrepasan estas dimensiones. Una de las infracciones más comunes en el ámbito de la navegación recreativa es acercarse a menos de 200 metros de una playa, considerada zona de baño o a 50 metros de un acantilado.
10.000 euros por navegar fuera de los límites establecidos
Según el Real Decreto que regula la navegación marítima, se considera como infracciones graves no cumplir con normas de seguridad y disciplina a bordo con multas de entre 3.000 y 6.000 euros para veleros pequeños y de hasta 3.000 euros para embarcaciones. Otra de las infracciones concretas que se recogen es "realizar operaciones fuera de límites sin autorización o incumpliendo sus condiciones". Las multas aquí pueden alcanzar desde los 2.000 hasta los 10.000 euros para embarcaciones pequeñas y de hasta 60.000 euros para barcos con menos de 45 metros de eslora. Tampoco está permitido fondear o detenerse sin permiso de las administraciones, con sanciones económicas que pueden llegar hasta los 60.000 euros.
En el caso de incumplimientos por dirigir un velero sin permiso o que no haya pasado los controles pertinentes, la multa contemplada es de entre 1.000 y 6.000 euros para embarcaciones y de entre 6.0000 y 15.000 euros para barcos de hasta 45 metros de eslora. Asimismo, no llevar la documentación o tenerla deteroridada puede suponer una sanción económica de 500 a 1.000 euros. Navegar sin sistemas de señalización con una embarcación es una infracción grave con multa de entre 2.000 y 6.000 euros.
A su vez, el área de navegación de una embarcación de recreo o velero pequeño estará limitada como máximo a 12 millas de la costa y este supuesto solo será en caso de un piloto con mucha experiencia.
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