¿Se puede guardar un sitio de aparcamiento? Esto es lo que dice la DGT
La normativa lo considera obstrucción de la vía pública y puedes ser sancionado de esta manera
Desconvocada la huelga de transportes en Cádiz
En más de una ocasión vamos buscando aparcamiento y cuando vemos un sitio cerca se baja el copiloto para aguantarlo, "guárdamelo, corre". Pero, ¿es legal este gesto tan comunes en ciudades donde es complicado buscar un lugar donde estacionar?
La DGT aclara que este acto es totalmente ilegal, y ya no por temas morales, sino de tráfico. Y es que si bloqueas la entrada a ese sitio en la calle se considera obstrucción, pues oficialmente no existe la potestad para bloquear la calle.
Según la DGT el reglamento también indica que los peatones no podrán quedarse en el arcén o calzada si existe un refugio cercano como, por ejemplo, la zona peatonal. Por ello, no te puedes quedar guardando el sitio, sino que deberás permanecer en el sitio seguro hasta que el coche llegue.
Multa de hasta 80 euros
El hecho de reservar plazas de aparcamiento en la vía pública, una práctica muy extendida, no solo no está permitido, ya que bloquear una calle de forma no autorizada para otro vehículo constituye una obstrucción, sino que puede suponer sanciones de hasta 80 euros.
También te puede interesar
Lo último
El parqué
Jaime Sicilia
Quinta sesión en verde
Tribuna Económica
Joaquín Aurioles
Los inventarios de diciembre (1)
La tribuna
¿España fallida?
Alto y claro
José Antonio Carrizosa
¿Conspiración?