El TSJA confirma siete años y medio de cárcel a dos hermanos por intentar asesinar a un hombre en Villamartín

El Alto Tribunal andaluz da por bueno que los condenados asestaron cuatro puñaladas a la víctima con un estoque

A juicio en Cádiz por intentar matar a su ex pareja con el cristal de un vaso roto: "Vas a morir, hoy ya no te escapas"

Una vista de la plaza del Ayuntamiento de Villamartín
Una vista de la plaza del Ayuntamiento de Villamartín / R.A.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado el fallo de siete años y seis meses de cárcel que la Audiencia de Cádiz impuso en primera instancia dos hermanos como responsables de un delito de asesinato en grado de tentativa tras asestar cuatro puñaladas a un hombre en Villamartín con un estoque después de colisionar su vehículo con el de la víctima.

En la sentencia, el TSJA acepta los hechos probados establecidos por la Audiencia de Cádiz tras el juicio celebrado en mayo de 2024, donde se señala que en mayo de 2022 el vehículo de los dos condenados impactó con el de la víctima, quien instantes después sufrió varias puñaladas, que le ocasionaron heridas de diversa consideración.

En un primer momento, la víctima señaló a los dos hombres como autores de sus lesiones, aunque en el juicio se desdijo de dicha imputación, insistiendo en que no fueron ellos los que le atacaron. Ante esto, volvió a leerse en el juicio su declaración sumarial, donde incriminó "claramente" a los procesados, ofreciendo además "numerosos detalles" sobre las circunstancias que rodearon la agresión.

Los magistrados entendieron que la declaración inicial era la que había que tomar en cuenta, teniendo en consideración las heridas que presentaba la víctima inmediatamente después del accidente de coche y que no se explicaban con su declaración en el juicio, ya que los otros dos hombres presentes en el momento del impacto "eran las únicas personas que pudieron haberlas ocasionado".

La víctima confirmó que había sido apuñalada y que aunque en un primer momento "pensó" que los autores fueron los dos condenados, más tarde "se enteró que no eran ellos". Atribuyó la confusión a las drogas que había consumido y a los sedantes del hospital donde fue atendido de sus heridas.

El TSJA recuerda que la víctima declaró en el primer interrogatorio que personas del entorno de los procesados le habrían ofrecido entre unos 5.000 y 1.000 euros al mes hasta el juicio para que no los delatase, siendo incluso amenazado para cambiar su versión. Así, en el juicio declaró que lo habían apuñalado y que conocía a los autores pero que no quería decir quienes eran.

La otra persona que viajaba de copiloto en el coche de la víctima también modificó su declaración: contó a la Guardia Civil que los condenados eran los culpables para después afirmar que lo dijo porque la víctima "le obligó a que los incriminara". Esta persona relató en sede judicial que la víctima le había dicho que las heridas que presentaba se las había ocasionado con cristales rotos de las ventanas del vehículo tras el golpe.

El TSJA considera que las heridas de la víctima son por arma blanca y no por los cristales del coche, tal y como indicaba el informe forense, por lo que tuvieron que ser producidas por algunas de las tres personas presentes en el momento del accidente, en concreto, uno de los dos procesados.

Ante esto, el Alto Tribunal andaluz rechaza el recurso de la defensa y confirma la condena de la Audiencia de Cádiz de siete años y seis meses de cárcel por el delito de asesinato en grado de tentativa para cada uno de los dos implicados, así como una indemnización conjunta de 10.245 euros en favor del perjudicado.

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