Provincia de Cádiz

La Junta pide sancionar a los gestores de cursos formativos "por incumplimientos"

  • Un documento, fruto de una auditoría, arremete contra la gestión del Servicio Andaluz de Empleo entre 2009 y 2012 y asegura que "no cumplió con la legislación que le es aplicable"

Las frases que aparecen destacadas en estas páginas no son más que algunas de las indicaciones que aparecen en un informe al que ha tenido acceso este periódico. En él se pone de manifiesto la falta de control existente por parte del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en la provincia de Cádiz en cuanto a su gestión de determinados cursos de formación para el empleo impartidos entre los años 2009 y 2012, así como de la adecuada obtención y aplicación de las subvenciones que recibían los beneficiarios de dichos cursos. Ese informe, emitido en junio del pasado año 2014, procede además de la Intervención General de la propia Junta de Andalucía en Cádiz, tras realizar una auditoría de varios procesos formativos en esas anualidades. Lo más llamativo es que, en sus conclusiones, este documento "recomienda que se estudie la procedencia de iniciar expedientes sancionadores (...) por los incumplimientos detectados".

Concretamente, el informe señala en sus primeras páginas que su objetivo principal es concluir si los procedimientos aplicados para la concesión, pago, justificación y, en su caso, reintegro, se adecuan a lo que se establece en las órdenes reguladoras de los plantes de formación para el empleo vigentes durante el periodo de control. Así, añade que dicho control se ha extendido a la gestión llevada a cabo por la dirección provincial del SAE (presidida en esa época por el que fuera delegado de Empleo, Juan Bouza), "competente para el inicio y resolución de concesión de todos los expedientes controlados", mientras que la Consejería de Educación, "en su calidad de órgano que ostenta las competencias en el momento de emisión de este informe, será la entidad receptora de las conclusiones y responsable del seguimiento de las recomendaciones". Es decir, analiza la gestión de Empleo, pero la responsabilidad sobre la adopción de las correcciones que indica el documento depende de Educación.

Señala la Intervención que se han analizado 55 expedientes y, en total, la cuantía de subvenciones asciende a 8,4 millones de euros, "lo que supone el 32,12% del importe total del crédito destinado a Formación Profesional para el Empleo en los periodos objeto del estudio".

Así, entre los beneficiarios cuyos casos se estudian, se incluyen la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz o la Asociación de Atención de Personas Necesitadas de Servicios Especiales (Afanas), ambas dentro de la orden de 31 de octubre de 2008, por la que se establece el plan extraordinario para la mejora de la empleabilidad de las personas demandantes de empleo y se regulan y convocan las ayudas para la ejecución de los mismos (convocatorias de 11 de mayo y 28 de septiembre de 2009). Además, la Asociación Cardinj, Forinsur o Formación 2002, dentro de los cursos de formación dirigidos prioritariamente a personas desempleadas (orden de 23 de octubre de 2009); o Alcampo, dentro de la misma orden, de cursos dirigidos a desempleados con compromiso de contratación.

Después de someter a riguroso estudio todos estos casos, la Intervención General de la Junta en Cádiz realiza algunas salvedades. En primer lugar, habla de "limitaciones", cuando señala que "en la realización de nuestro trabajo se han producido incidencias que han supuesto una limitación al alcance del control". Entre ellas, añade, que "no se acompaña a ningún expediente documentación acreditativa de la inscripción de los beneficiarios en el Registro Andaluz de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo; se aportan en su lugar resoluciones de la Delegación Provincial competente según la fecha". O bien, que "no constan en los expedientes todos los partes de firmas de alumnos asistentes a las acciones formativas, con lo que no es posible determinar el cómputo de los alumnos finalizados, por lo que no se ha podido determinar si la cuantía final de la subvención es correcta".

También asegura que de los 55 casos estudiados, "sólo en 12 se ha aportado alguna documentación justificativa de los costes imputados y admitidos"; o que "en ningún caso la imputación contable justificativa de los gastos se realiza por horas o por alumnos", como marca la normativa; y también que "faltan las fichas de algunos cursos, impidiendo verificar la adecuación de los costes laborales imputados con las jornadas docentes realizadas"; y que tampoco "en ninguna de las subvenciones controladas existe informe de impacto de la Formación Profesional para el Empleo, según el cual una vez transcurridos seis meses desde la finalización de la acción formativa, se realizará por parte del SAE un informe de inserción de todas aquellas personas desempleadas que participen en alguna acción formativa (...)".

Pero también habla la Intervención General de "incumplimientos". De forma general, explica que se amplían los plazos de ejecución de los cursos "sin que conste en el expediente su tramitación conforme al procedimiento"; también, que "de forma general se evidencia que los gastos imputados y admitidos por el órgano gestor incumplen los artículos 101 de la Orden de 23 de octubre de 2009, artículo 37 de la Orden de 31 de octubre de 2008 y artículo 31 de la Ley General de Subvenciones, sin que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada".

Y, a continuación, la Intervención General detalla todos los incumplimientos detectados en los diferentes procesos y subvenciones de cursos de formación. Por ejemplo, en los expedientes acogidos a la Orden del 23 de octubre de 2009, asegura que "se constata de la documentación presentada la concurrencia de circunstancias que suponen la existencia de subcontratación y/o realización de las acciones por personas o entidades vinculadas con el beneficiario". También analiza lo relativo a los docentes de los cursos. Y señala, por ejemplo, que "en algunos meses se imputan costes laborales de docentes, sin que se aporte documento alguno que acredite su vinculación con el beneficiario de la ayuda, no constando en el expediente ni contrato laboral ni de prestación de servicios que sustente la misma". Muchas de esos incumplimientos son los que aparecen destacados en estas páginas.

Y, por supuesto, la Intervención aporta sus conclusiones. La principal, bajo el epígrafe de "dictamen" (imagen superior) es la que dice que "en nuestra opinión, debido a la importancia de las salvedades mencionadas, podemos concluir que la entidad no ha cumplido con la legislación que le es aplicable". Y recomienda, entre otros aspectos, "analizar las actuaciones derivadas de los informes de auditoría y en su caso, proponer las actuaciones oportunas, ya que en todos los expedientes cuya justificación se ha analizado, las conclusiones mencionadas en el informe preceptivo del auditor son modificadas por el órgano gestor".

Este periódico intentó ayer conocer la opinión del que fuera delegado provincial de Empleo y, por tanto, director provincial del SAE en la fecha del análisis, Juan Bouza, pero declinó pronunciarse hasta conocer el contenido de dicho documento.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios