Fiscalía rechaza la suspensión de la entrada en prisión del ex alcalde de Puerto Serrano
Pedro Ruiz (IU) está condenado a un año y tres meses de cárcel por el caso de la Floristería
La Fiscalía Anticorrupción ha remitido a la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez, un escrito en el que se opone a la suspensión del ingreso en prisión del ex alcalde de Puerto Serrano Pedro Ruiz (IU), condenado a un año y tres meses de prisión por el conocido como caso de la Floristería: el ex regidor polichero fue procesado y condenado por contratar suministros de flores y papelería para el Consistorio de Puerto Serrano con la empresa que gestionaba su esposa.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) estimó parcialmente el recurso de casación interpuesto por el ex alcalde polichero, rebajando de un año y nueve meses a un año y tres meses la pena de cárcel que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito de gestión interesada, disminuyendo también de cinco a tres los años de inhabilitación decretados por el tribunal gaditano.
Aunque la pena de cárcel dictaminada finalmente por el Tribunal Supremo por el caso de la Floristería no supera los dos años de prisión, la Fiscalía Anticorrupción ha valorado distintas circunstancias para rechazar la suspensión del ingreso en prisión de Pedro Ruiz, como que el ex alcalde facilitó a través de resoluciones la compra de flores, plantas y material de papelería en la tienda de su mujer durante cuatro años, haciendo "uso de la administración pública en su propio beneficio y del de su familia".
Además, la Fiscalía recuerda que lo realizó con conocimiento de la ilegalidad de su conducta, como le fue advertido por hasta cuatro interventores municipales del Ayuntamiento.
El Tribunal Supremo señaló en su sentencia que las conductas del ex regidor polichero "en el fondo dibujan con nitidez el prevalimiento de la función de alcalde para contratar con su mujer participando privadamente, a través de ella, de los contratos que autoriza por razón de su cargo, con desprecio de la ley que prohibe tal comportamiento".
La sentencia emitida en primera instancia por la Audiencia Provincial de Cádiz especificaba que las adjudicaciones realizadas por Pedro Ruiz alcanzaron desde el año 2007 y hasta el año 2011 la cuantía de 25.169 euros.
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